miércoles, 15 de julio de 2015

OROPEZA.6 (Conclusión)

En la entrada anterior se reprodujeron algunas de las muchas evidencias y elementos de investigación contenidas en el documento OROPEZA.6 que deberían de haber sido recabadas y presentadas desde un principio por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en su Recomendación 13/92 sobre el caso Oropeza, sobre todo tomando en cuenta la gran cantidad de recursos económicos que la CNDH tenía a su disposición en contraste con el presupuesto cero con el que el grupo confidencial de periodistas llevaron a cabo sus propias investigaciones. En lugar de esto, la CNDH puso todo su empeño para obtener la liberación inmediata e incondicional de los presuntos autores materiales del crimen así como en citar “pruebas” y “evidencias” para tratar de hacer pasar a la Viuda del Doctor Oropeza y al hermano de ella como sospechosos de una autoría intelectual del crimen, todo lo cual terminó cayendo por su propio peso. Y aún así la CNDH siempre se negó a emitir una nueva Recomendación en torno al caso. Aquí la pregunta crucial es: ¿por qué?. El lector puede empezar a formar sus propias conjeturas. Y esto nos lleva al posible trasfondo político del crimen. Después de todo, el Doctor Oropeza era un afamado editorialista político muy respetado y muy querido entre la comunidad chihuahuense. Y dada su amplia popularidad posiblemente podría haber sido postulado en ese entonces para una posición de diputado o senador o tal vez hasta para la misma gubernatura de Chihuahua con muchas probabilidades de triunfo dado su amplio prestigio, una posición de poder desde donde le podría haber dado muchos dolores de cabeza a un sistema aún autoritario y cerrado. Suponiendo válida la hipótesis del trasfondo político del crimen, aún usándose a familiares cercanos del Doctor Oropeza como caballos de Troya en su contra el crimen tendría que ser reclasificado como un crimen político de alto nivel, lo suficientemente alto para que la recién creada y oficialista CNDH fuera movilizada para desbaratar todo con una Recomendación amañada que solo contribuyó a que el caso quedara impune hasta la fecha actual. Pero para que el encubrimiento del crimen funcionara, se requería obligadamente de la colaboración de funcionarios importantes en el estado de Chihuahua.

En un comportamiento que desde un principio se antojó extraordinariamente sospechoso y anómalo, y pese a que la Sub-Procuraduría Zona Norte a su cargo a través del Procurador Francisco Molina Ruiz ya tenía desde hace tiempo el documento OROPEZA.5 y posteriormente tuvo en sus manos el documento OROPEZA.6, el entonces gobernador de Chihuahua Francisco Barrio que se había comprometido al esclarecimiento total del crimen justificó el congelamiento total en el que mantuvo el caso en los seis años que gobernó al estado de Chihuahua diciendo que no se contaba ni siquiera con una sola pista para el esclarecimiento del crimen, ni una sola. En el periódico NORTE DE CIUDAD JUAREZ del lunes 8 de noviembre de 1993 aparecen reproducidas las siguientes palabras del entonces gobernador Francisco Barrio: “honestamente, nosotros llegamos a encontrarnos en este asunto con una situación en donde no tenemos pista, no tenemos por donde seguir. Si alguien nos pudiera aportar el menor elemento, el menor dato, la menor cosa que nos pudiera dar una luz, de mil amores, yo le entro a eso.” Y el martes 5 de julio de 1994 en el periódico DIARIO DE JUAREZ se consignan las siguientes palabras de Francisco Barrio: “la Procuraduría General de Justicia del Estado NO TIENE LA MENOR PISTA para aclarar el artero asesinato del articulista Víctor Manuel Oropeza Contreras, NO SE HA AVANZADO NADA, pese a que el caso se ha reabierto tres veces”.

¿Ninguna pista? ¿Ninguna evidencia? En base a lo que se presentó en la entrada anterior, ¿estaría de acuerdo el lector con el entonces gobernador Francisco Barrio? El lector podrá juzgar por cuenta propia, en base a las evidencias que fueron reproducidas en la entrada anterior, las cuales son tan solo unas cuantas entre muchas, si realmente era cierto lo que afirmó el gobernador Francisco Barrio al esgrimir como pretexto que no se tenía ni una sola prueba para la resolución del caso.

Una observación importante es que las nuevas evidencias aportadas no solo exonoraban por completo a la Viuda del Doctor Oropeza y a su hermano sino que en forma casi obligada tendrían que haber conducido nuevamente al arresto de los tres presuntos autores materiales del crimen detenidos desde un principio y a la identificación plena de todos los autores intelectuales del crimen, cayera quien cayera, lo cual dicho sea de paso le habría asestado un golpe descomunal a la credibilidad pública de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y sobre todo de su primer presidente Jorge Carpizo McGregor, puesto en tan alta posición por nadie menos que el mismo presidente de México Carlos Salinas de Gortari. Las ramificaciones de la solución plena del caso pudieron haber sido vastas, escalando hasta los más altos niveles del gobierno de México.

Además del documento OROPEZA.6, el grupo investigativo en forma paralela abrió un nuevo archivo bajo el nombre IPCRESS destinado a recopilar todas las evidencia y elementos de investigación que pudieran sugerir un trasfondo político del crimen. Como ya se dijo, su nombre es reminiscente de una película del mismo nombre que habla acerca de un libro confidencial secreto.

A continuación se reproducen algunas de las evidencias y elementos de investigación que obran en el documento IPCRESS en torno al posible trasfondo político del asesinato del Doctor Oropeza. De nueva cuenta, en el texto se citan archivos fotográficos que no serán incluídos aquí por las limitaciones de espacio:
El posible trasfondo político del crimen, ocurrido en un año 1991 que fué particularmente duro para los periodistas de México de acuerdo con un estudio llevado a cabo por la Fundación Manuel Buendía (véanse los archivos fotográficos AGRESIONES1.jpg y AGRESIONES2.jpg), merece una inspección más cuidadosa a la luz del comportamiento extraordinariamente anómalo y sospechoso en que incurrió la misma Comisión Nacional de Derechos Humanos en torno al caso Oropeza, cuyos funcionarios desde el más alto nivel aprovecharon sus puestos no para ayudar en el esclarecimiento del crimen sino para encubrir y proteger a todos los principales sospechosos y beneficiarios del asesinato.

Tomando en cuenta todo lo anterior, las evidencias y elementos de investigación relacionados con el posible trasfondo político del crimen son las siguientes:

1) Cuando los visitadores de la Comisión Nacional de Derechos Humanos estuvieron en Ciudad Juárez en varias ocasiones trabajando en todo lo relacionado al caso del asesinato del Doctor Oropeza, éstos visitadores en ningún momento hicieron el menor esfuerzo por entrevistar personalmente a la Viuda del Doctor Oropeza (la cual era fácil de localizar porque todos los medios de comunicación sabían entonces en dónde se le podía encontrar a la Viuda o a sus familiares), Patricia Martínez Viuda de Oropeza, pese al hecho de que ya planeaban señalar a la misma Viuda como sospechosa del asesinato del columnista político (lo cual se llevó a cabo con la Recomendación 13/92 emitida por la CNDH). En pocas palabras, SE PUEDE SUPONER QUE LOS VISITADORES JAMAS TUVIERON LA INTENCION DE ENTREVISTARLA, Y ESTO SOLO PUEDE SER UN ACTO PLENAMENTE PREMEDITADO Y DELIBERADO PARA NEGARLE LA OPORTUNIDAD DE HABERSE PODIDO DEFENDER ANTES DE SEÑALARLA COMO SOSPECHOSA DEL ASESINATO. No existe dentro de los archivos de la CNDH ningún documento o grabación con los resultados de alguna entrevista que los enviados de la CNDH le hayan efectuado a la Viuda, el principal testigo del caso, porque tal entrevista nunca ocurrió. Es ilógico que un organismo oficial sostenido con fondos del erario público supuestamente creado para proteger los derechos humanos le niegue a cualquier persona el derecho de defenderse y el derecho de confrontar públicamente a sus acusadores, a menos de que ésto haya sido UN ACTO TOTALMENTE PREMEDITADO Y DELIBERADO SIGUIENDO INSTRUCCIONES MUY ESPECIFICAS. Y hágase constar que, en todos los años posteriores que transcurrieron después de la fecha en la que se cometió el asesinato, la Viuda del Doctor Oropeza JAMAS HA SIDO ENTREVISTADA POR NINGUN MIEMBRO DE LA COMISION NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS CON EL FIN DE CORREGIR LAS CONCLUSIONES EMITIDAS EN TORNO AL ASESINATO DEL DOCTOR OROPEZA O EXONERARLA DE LAS BARBARAS CONCLUSIONES EN CONTRA DE ELLA QUE APARECEN EN EL DICTAMEN ORIGINAL. Lo único que hubo alguna vez de parte de la CNDH para con la Viuda fué una simulación de entrevista, la cual se llevó a cabo el 10 de Septiembre de 1993, de la cual no resultó absolutamente nada; ésto se verá posteriormente en más detalle dentro de éste documento.

4) El ataque montado por la CNDH en contra de la Viuda tratando de hacerla aparecer como la principal sospechosa del homicidio del Doctor Oropeza Contreras fué tan burdo que la misma CNDH no pudo evitar caer ella misma en contradicciones en sus propios pronunciamientos en contra de la Viuda. Un ejemplo de ésto lo podemos ver en la página 65 de la Recomendación 13/92 emitida por la CNDH en donde leemos lo siguiente (archivo fotográfico CONTRADICCION.jpg):

“Como datos adicionales deben señalarse que los C.C. Víctor Manuel y Alejandro Oropeza Gutiérrez mencionan que el día de los hechos, la C. Patricia Martínez, contra su costumbre, se levantó muy temprano; que el doctor y ella TENIAN VEINTE HORAS DE HABER REGRESADO DE VACACIONES y que aparentemente SOLO ELLA SABIA QUE EL DOCTOR IBA A ESTAR SOLO EN EL CONSULTORIO POR LA TARDE, PUES SU HIJO ALEJANDRO, QUIEN LO AUXILIABA EN EL MISMO NO IBA A ACUDIR ...”

Si el hijo menor del Doctor Oropeza Contreras no iba a acudir al Consultorio de su padre el día en que se cometió el asesinato, entonces POR LO MENOS EL HIJO MENOR SABIA TAMBIEN QUE SU PADRE IBA A ESTAR SOLO EL DIA EN QUE SE COMETIO EL ASESINATO, Y EN BASE A LAS EVIDENCIAS Y ELEMENTOS DE INVESTIGACION QUE EXISTEN EN TORNO AL CASO, SE PUEDE PRESUMIR QUE SU HERMANO MAYOR TAMBIEN ESTABA PERFECTAMENTE ENTERADO DE ESTE HECHO. Sin embargo, dado que la misma Recomendación 13/92 reconoce que el Doctor Oropeza Contreras y su hoy Viuda “tenían veinte horas de haber regresado de vacaciones”, ambos hijos del Doctor Oropeza Contreras le llevaban a la Viuda una ventaja considerable de tiempo en el conocimiento de que el Doctor Oropeza Contreras iba a estar solo en su Consultorio el día de los hechos del crimen PUESTO QUE ERA PRECISAMENTE EL HIJO QUIEN SIEMPRE LO ACOMPAÑABA QUIEN LO IBA A DEJAR SOLO EL DIA DE LOS HECHOS DEL CRIMEN. De hecho, pudieron haberle llevado hasta dos semanas de ventaja o más a la Viuda en el conocimiento de éste dato vital para la planificación del crimen, LAS MISMAS DOS SEMANAS QUE PERMANECIERON SOLOS EN CIUDAD JUAREZ MIENTRAS EL PADRE DE ELLOS PERMANECIO FUERA DE LA CIUDAD VACACIONANDO CON SU HOY VIUDA. Y la Comisión Nacional de Derechos Humanos siempre lo supo. Ahora bien, a menos de que la Viuda fuese un adivino infalible, la única forma en la cual la Viuda podría haber estado completamente segura de que su hijastro José Alejandro no iba a estar en el consultorio de su padre precisamente la tarde en la cual se cometió el asesinato era A TRAVES DEL MISMO JOSE ALEJANDRO QUIEN SE LO TENDRIA QUE HABER DICHO. Pero esta posibilidad se descarta por el simple hecho de que José Alejandro Oropeza Gutiérrez nunca le andaba rindiendo cuenta de sus actividades a su madrastra. Patricia Martínez de Oropeza era su madrastra, no su esposa. Y de hecho, ni siquiera le daba cuenta de sus actividades a su propia esposa Lorena. Lo hemos probado ya por medio de sus propias declaraciones en donde admitió que su esposa Lorena Zavala lo estuvo buscando por teléfono para tratar de localizarlo precisamente porque ella no sabía en dónde andaba ni lo que su esposo estaba haciendo (archivo fotográfico BUSQUEDA.jpg.)

5) Para tratar por todos los medios posibles (por absurdos que éstos fuesen) de hacer pasar a la Viuda como la principal sospechosa del homicidio, la CNDH llegó al extremo de darle una interpretación completamente literal a expresiones de uso coloquial que la misma Viuda usó en sus declaraciones. En efecto, en las páginas 64 y 65 de la Recomendación 13/92 emitida por la CNDH leemos lo siguiente (archivo fotográfico INTERROGANTES.jpg):

“Al llegar a su casa tampoco comenta nada a Víctor Manuel Oropeza Gutiérrez; se dirige a la habitación, dice, pensando que su esposo estaba ahí; luego la C. Patricia Martínez, decide hablar por teléfono a su mamá, a quien de manera significativa le dice: ‘a tí no te puedo mentir’. SURGEN DUDAS: ¿A QUIEN HABIA MENTIDO? ¿A LOS FAMILIARES? ¿QUE HABIA MENTIDO? ¿PORQUE HABIA MENTIDO? ¿PORQUE A SU MAMA NO LE PUEDE MENTIR? NO CABE DUDA, SON INTERROGANTES QUE DEBEN INVESTIGARSE.”

Sin embargo, quienes prepararon la Recomendación 13/92 se abstuvieron en forma cuidadosa y completamente deliberada de reproducir el resto de lo que dijo la Viuda, limitándose a tomar fuera de contexto una expresión coloquial usada por la Viuda. A continuación se reproduce el resto de lo que dijo la Viuda tomado directamente de sus declaraciones rendidas el 10 de Julio de 1991 ante el Agente del Ministerio Público a las 10:40 A.M. (archivo fotográfico ANGUSTIA.jpg):

“entro a la casa, en éso estaba hablando mi mamá ya que sonó el teléfono y descolgue la bocina y escuché la voz de mi mamá, y me dijo que estaba muy preocupada por mí, porque había hablado Manuel Oropeza Gutiérrez y ella le había dicho que había salido de su casa desde las nueve de la noche, y le dije que esta(ba) bien y que estaba ya en la casa, entonces me dirijí a la recamara y pense que mi esposo se encontraba ya aquí, y cuando entré a la recámara y no lo ví, me alarmé mucho y le hablé a mi mamá, y le dije estoy muy preocupada y a tí no te puedo mentir y estoy muy preocupada por mi esposo y le platiqué todo lo que había hecho, y le dije voy a volver a llamar al consultorio de mi esposo y voy a dejar media hora y si para esa hora no ha llegado, voy a avisarle a los muchachos (los hijos del Doctor)”

6) Hágase constar como hecho indiscutible que el Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos Doctor Jorge Carpizo McGregor quien tomó directamente en sus manos la elaboración y las conclusiones dadas por la CNDH en torno al caso LE NEGÓ TERMINANTEMENTE AUDIENCIA A LA VIUDA DEL DOCTOR OROPEZA cuando élla se movilizó personalmente hasta la Ciudad de México el 10 de Febrero de 1992 (archivo fotográfico LUCHA.jpg) con ése sólo propósito (Jorge Carpizo McGregor se encontraba en su oficina en la CNDH ése día y muy bien pudo haber recibido a la Viuda si hubiera querido o podría haberla citado para otro día, algo que nunca hizo), y aquí la situación está perfectamente clara: Jorge Carpizo McGregor en su calidad de Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos nunca tuvo la intención de darle a la Viuda la oportunidad de defenderse ó de contestar a las acusaciones formuladas en contra de ella. Ni tuvo la intención jamás de corregir las irregularidades en las que se habían incurrido en la elaboración de la Recomendación 13/92, y mucho menos presentarle una disculpa a la Viuda del periodista asesinado. Una actitud tan parcial ameritaba ser investigada a fondo. Mientras tanto, además de que los hechos indican que el Doctor Carpizo y el organismo que él presidía estaban interesados en destruír la credibilidad y el prestigio de la Viuda a toda costa, EL ORGANISMO PRESIDIDO POR JORGE CARPIZO McGREGOR ESTABA SUMAMENTE PREOCUPADO POR FACILITAR LA LIBERACION DE LOS PRESUNTOS AUTORES MATERIALES DEL CRIMEN, aunque para ello hubieran tuvieran que recurrir a pruebas y testimonios falsos apoyándose en los hermanos Oropeza Gutiérrez al igual que como lo hicieron en sus ataques contra la Viuda. El único funcionario de la CNDH que recibió a la Viuda en ése día fué Jorge Madrazo Cuéllar (entonces Visitador de la CNDH), y Jorge Madrazo le dejó bien claro a la Viuda en aquél entonces que:

a) La CNDH nunca daría marcha atrás a ninguna de las conclusiones a las que había llegado en su Recomendación 13/92 del caso Oropeza, aunque hubiese nuevas evidencias que no habían sido tomadas en cuenta en la elaboración de dicha Recomendación y que debían ser consideradas, aunque se demostrase que para llegar a dichas conclusiones la CNDH se había apoyado en omisiones importantes y mentiras directas, aunque hubiese nuevas pruebas que no podían ser rebatidas por nadie. En el archivo fotográfico NEGATIVA.jpg podemos ver la copia del artículo aparecido el Viernes 14 de Febrero de 1991 en la página 3-A del periódico NORTE DE CIUDAD JUAREZ en donde la Viuda confirmó a dicho medio de comunicación la negativa del Visitador de la CNDH Jorge Madrazo Cuéllar a corregir la Recomendación 13/92 pese a los numerosos errores, omisiones y contradicciones que contenía (nota: hay un error de redacción en el artículo, ya que la Viuda hacía referencia a Victor Manuel Oropeza Gutierrez –el hijo mayor del Doctor Oropeza- como la fuente primaria de información usada por la CNDH para elaborar su Recomendación; mientras que Victor Manuel Oropeza Contreras es el nombre del padre, o sea el médico asesinado.) Y tiempo después Madrazo Cuéllar pondría por escrito con su puño y letra en referencia directa al caso Oropeza la aseveración de que en contra de las Recomendaciones de la CNDH no procedía ningún recurso, elevando así a la Recomendación 13/92 a la categoría de inapelable. Véase el archivo fotográfico EVASIVAS3.jpg.

b) La CNDH nunca daría marcha atrás en su insistencia en señalar tanto a la Viuda como al hermano de la Viuda como sospechosos del homicidio al estar pidiendo una investigación de los mismos.

c) La CNDH no se detendría hasta que los presuntos autores materiales del crimen del Doctor Oropeza fueran puestos en completa libertad lo cual eventualmente sucedió, y no consideraría jamás evidencias nuevas ni alegato alguno que pudiera poner en riesgo ésta liberación y exoneración incondicional de los presuntos autores materiales del crimen.

d) La CNDH jamás pondría por escrito los nombres de los falsos informantes que le habían inventado al hermano de la Viuda la calumnia de sus “nexos” con agentes de la Policía Judicial del Estado y/o la Policía Judicial Federal, pese a que ésta mentira era uno de los principales puntos utilizados por la CNDH para pedir que se investigase a la Viuda y al hermano como presuntos culpables de la planeación del homicidio.

Véase en el archivo fotográfico VISITADOR.jpg la tarjeta de presentación dada por Jorge Madrazo a la Viuda antes de que éste le dejara en claro la postura y las decisiones inapelables que ya había tomado la CNDH en todo lo que respecta al caso Oropeza.

9) Establecida sobre bases firmes la existencia de varias evidencias y elementos de investigación que señalan inequívocamente una labor premeditada y deliberada de altos funcionarios de la Comisión Nacional de Derechos Humanos en el caso del asesinato del Doctor Oropeza para inculpar a gente inocente de su asesinato, es necesario considerar ahora las evidencias para algo muchísimo más serio: EL ENCUBRIMIENTO Y LA PROTECCION DELIBERADA OTORGADA HACIA LOS ASESINOS DEL DOCTOR OROPEZA POR LA CNDH PESE A LA EXISTENCIA DE MATERIAL SUMAMENTE COMPROMETEDOR EN CONTRA DE LOS “PROTEGIDOS”. En el inciso 28 que aparece en las páginas 90 y 91 de la Recomendación 13/92 de la CNDH podemos leer las siguientes declaraciones de la CNDH en relación al individuo que presuntamente apuñaló al Doctor Víctor Manuel Oropeza:

“28. Por no contar con elementos sobre el particular, la Comisión Nacional de Derechos Humanos no hace pronunciamiento alguno respecto a la responsabilidad penal del C. Samuel Reyes de la Rosa, señalado dentro del proceso penal 182/91, como presunto responsable del delito de homicidio del doctor Víctor Manuel Oropeza Contreras y del Señor Pablo Vargas Ramírez.”

Esta afirmación categórica es reproducida en los archivos fotográficos PROTEGIDO1.jpg y PROTEGIDO2.jpg. Todas las páginas de la Recomendación 13/92 fueron revisadas y avaladas personalmente con su rúbrica por el mismo Presidente de la CNDH Jorge Carpizo McGregor, la cual aparece en el margen inferior izquierdo de cada hoja de la Recomendación citada. Esta postura también aparece reproducida en el Boletín de Prensa del 10 de Febrero de 1992 de la CNDH (véase lo que dice al calce en el archivo fotográfico BOLETIN.jpg.)

Resulta imposible creer que los representantes de la CNDH enviados por Jorge Carpizo McGregor no hayan encontrado material alguno que pudiese comprometer a Samuel Reyes de la Rosa, ya que CINCO MESES ANTES DE QUE SE EMITIESE EL 7 DE FEBRERO DE 1992 LA RECOMENDACION 13/92 en la cual aparece la declaración arriba mostrada, Y TRES MESES DESPUES DE HABERSE COMETIDO EL ASESINATO DEL DOCTOR VICTOR MANUEL OROPEZA CONTRERAS, Samuel Reyes había sido arrestado por la Policía de los E.E.U.U. en relación a otro homicidio brutal cometido en la ciudad de El Paso, Texas, ENCONTRANDOSE PROFUGO DE LA JUSTICIA NORTEAMERICANA JUSTO AL MOMENTO DE EMITIRSE EL DICTAMEN DE LA CNDH SOBRE EL CASO OROPEZA. En relación a ésto, véase el archivo fotográfico SAMUEL.jpg, que dá la reproducción de la nota aparecida el Primero de Octubre de 1991 en el periódico EL PASO TIMES con respecto al arresto de Samuel Reyes por dicho homidicio. Esta información siempre fué del dominio público, y tratándose precisamente del hombre que estaba siendo acusado por sus cómplices Marco Arturo Salas Sánchez y Sergio Aguirre Torres como el autor del asesinato del padre de los hermanos Oropeza Gutiérrez, no es posible aceptarles a los hermanos Oropeza Gutiérrez que no hayan estado al tanto del hecho. Puesto que la información sobre el crimen cometido por Samuel Reyes en los E.E.U.U. fué del dominio público y hubiera bastado una simple visita de los representantes de la CNDH al Departamento de Policía del Condado de El Paso para documentarse sobre los antecedentes delictivos de Samuel Reyes, es difícil que la CNDH trate de argumentar el no haber podido encontrar en ningún parte “elementos” que pudiesen confirmar y comprometer a Samuel Reyes como presunto homicida múltiple. Por otra parte, dada la añeja amistad (comprobable) de Samuel Reyes con Marco Arturo Salas Sanchez y Sergio Aguirre Torres, es lógico que en caso de que la CNDH hubiese incluído en su Recomendación 13/92 éste tipo de información incriminatoria en contra de Samuel Reyes EL CASO PRESENTADO POR LA CNDH A FAVOR DE MARCO ARTURO SALAS SANCHEZ Y SERGIO AGUIRRE TORRES SE HABRIA DESMORONADO POR COMPLETO. El haber omitido información tan importante sobre Samuel Reyes en el dictamen sobre el caso Oropeza sólo puede ser interpretado como un acto deliberado para ENCUBRIR Y LOGRAR A TODA COSTA LA LIBERACION Y LA EXONERACION ABSOLUTAS DE LOS PRESUNTOS AUTORES MATERIALES DEL CRIMEN DEL DOCTOR OROPEZA. Nuevamente, véase la nota aparecida el Primero de Octubre de 1991 y reproducida en el archivo fotográfico SAMUEL.jpg y compárese con lo que aparece en los archivos fotográficos PROTEGIDO1.jpg y PROTEGIDO2.jpg sobre la Recomendación presentada al público cuatro meses después el 7 de Febrero de 1992.

Veamos ahora una reseña que apareció publicada el Viernes 8 de Julio de 1994 (dentro una serie de artículos elaborados por el periódico NORTE DE CIUDAD JUAREZ publicados en ocasión del aniversario del asesinato del Doctor Oropeza) acerca del hombre sobre quien la Comisión Nacional de Derechos Humanos bajo Jorge Carpizo McGregor primero y bajo Jorge Madrazo Cuéllar después no podía (o mejor dicho, no quería) hacer “pronunciamiento alguno”, la cual únicamente cubre los hechos delictivos de Samuel Reyes en un lapso de seis meses dentro de los cuales se sitúa el asesinato del Doctor Víctor Manuel Oropeza:

CARGOS CONTRA SAMUEL REYES
 Abril 3 de 1991  Homicidio
 del tendero Pablo Vargas Ramírez
 (en complicidad con Marco Arturo
 Salas Sánchez)
 Abril 29 de 1991  Asalto armado
 a casa de cambio “Beto”
 Mayo 12 de 1991  Asalto armado
 a una floreria
 Julio 3 de 1991  Homicidio
 del Doctor Víctor Manuel Oropeza
 (en complicidad con Marco Arturo
 Salas Sanchez y otros)
 Septiembre 28 de 1991   Homicidio
 de Alfredo Guadián, en Fabens, Texas
 (en complicidad con Héctor Rodríguez)


10) La urgencia mostrada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos en apoyar a los hermanos Oropeza Gutiérrez en sus demandas por la liberación incondicional de los presuntos autores materiales del crimen recurriendo a cualesquier argumento hizo que cayera en extremos francamente ridículos, y podemos citar una prueba más entre muchas otras que lo demuestra. En las páginas 27 y 28 de la Recomendación 13/92 de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (archivos fotográficos RETRATO1A.jpg y RETRATO1B.jpg) aparece lo siguiente avalado personalmente con su rúbrica por el Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos Jorge Carpizo McGregor:

“En el parte informativo de los agentes de la Policía Judicial del Estado se dice ‘que una vez que tenían a Marco Arturo Salas, como tenían un retrato hablado del individuo que privó de la vida a Pablo Vargas Ramírez, del cual corresponde a dicho inculpado, por eso lo interrogaron’. No existe dentro del expediente ningún retrato hablado. Además, según el agraviado (Marco Arturo Salas) al rendir su declaración preparatoria, en ese supuesto retrato, que le fue mostrado por los Agentes para que dijera que se trataba de él, se dibujaba a una persona que tenía el rostro cubierto.”

Pero es el caso que sí existe dentro del expediente un retrato hablado, y lo podemos probar. Véase el archivo fotográfico RETRATO2.jpg, que muestra un retrato hablado de Marco Arturo Salas Sánchez, elaborado el mes de Julio de 1991 por un perito de apellido Guevara, el cual existe en el expediente de la Causa Penal 182/91 radicada en el Juzgado Tercero Penal en contra de los presuntos autores materiales del crimen. Este es el mismo retrato hablado que los Agentes de la Policía Judicial del Estado ya tenían en su poder desde antes de llevar a cabo la detención y el interrogatorio de Marco Arturo Salas Sánchez. Compárese ahora éste retrato hablado con la fotografía de Marco Arturo Salas Sánchez que aparece en la parte inferior del archivo fotográfico FotoSALAS1991.jpg citado en el documento OROPEZA.doc. De hecho, éste no es el único retrato hablado que obra en el expediente. Obra también en el expediente el retrato hablado de Samuel Reyes, quien aún no había sido capturado cuando el expediente fué consignado ante el Juzgado Tercero Penal, y dicho retrato hablado lo tenemos en el archivo fotográfico RETRATO3.jpg. Y dicho sea de paso, aquí tenemos una prueba más de las muchas mentiras en que estaba incurriendo Marco Arturo Salas Sánchez, al afirmar que en el retrato hablado que le fué mostrado por los Agentes se dibujaba a una persona que tenía el rostro cubierto. Ni en el archivo fotográfico RETRATO2.jpg ni en el archivo fotográfico RETRATO3.jpg tenemos a ninguna persona con el rostro cubierto. Tal retrato hablado de una persona con el rostro cubierto solo existió en la fértil imaginación del presunto asesino Marco Arturo Salas Sánchez.

Imposible resulta tratar de argumentar que la “omisión” de la existencia del retrato hablado de Marco Arturo Salas Sánchez se pudiera haber debido a una falta de información, porque de la lectura de la Recomendación 13/92 se desprende que los abogados de la CNDH tuvieron pleno acceso al expediente completo de la Causa Penal 182/91; de hecho la Recomendación 13/92 está plagada de referencias y alusiones a declaraciones de testigos y partes informativos policiales que obran únicamente en el expediente 182/91. A éstas alturas, con todo lo que se ha presentado, hemos visto ya material suficiente para presuponer la existencia de una conspiración urdida entre los presuntos autores intelectuales del crimen y funcionarios de primer nivel de la Comisión Nacional de Derechos Humanos para lograr a como diera lugar la liberación de los presuntos autores materiales del crimen.

22) El Sábado 22 de Mayo de 1993 apareció publicada en el periódico NORTE DE CIUDAD JUAREZ una carta del hermano de la Viuda del Doctor Oropeza en la cual públicamente se pedía por vez primera que Teresa Jardí por haber estado ligada tan íntimamente al caso Oropeza colaborase con las autoridades no como funcionaria sino como testigo en la procuración de las identidades de las personas que deliberadamente le inventaron al hermano de la Viuda "nexos" con la Policía Judicial Federal (aunque ciertamente ella como el más alto funcionario de la PGR en el Estado de Chihuahua podría haber ayudado investigando al personal a su cargo para comprobar la falsedad de tales “nexos” con Judiciales del hermano de la Viuda, al menos en lo que a la Policía Judicial Federal respecta, y mandando un oficio escrito al Procurador de Justicia del Estado documentando la falsedad). HASTA DONDE ES POSIBLE SABERLO, TERESA JARDI JAMAS MOVIO UN SOLO DEDO PARA AYUDAR EN CALIDAD DE TESTIGO A DOCUMENTAR LAS IDENTIDADES DE LOS FALSOS INFORMANTES, COMO TAMPOCO SE SABE QUE HUBIERA HECHO ALGO PARA DOCUMENTAR LA FALSEDAD DE LOS “NEXOS” DEL HERMANO DE LA VIUDA CON AGENTES DE LA POLICIA JUDICIAL FEDERAL QUE EN ESE ENTONCES ESTABA DIRECTAMENTE BAJO SU CARGO. Y ello pese a que el hermano de la Viuda afirmó en la carta en términos claros que tanto él como la Viuda del Doctor Oropeza estaban seguros de que si se documentaban las identidades de los falsos declarantes y se les sometía a interrogatorios policiacos intensos en torno a la mentira EL CASO DEL ASESINATO DEL DOCTOR OROPEZA POSIBLEMENTE PODIA SER ESCLARECIDO EN VEINTICUATRO HORAS. Con su silencio e indiferencia, lo menos que estuvo demostrando Teresa Jardí es que no parecía estar muy interesada en que el caso Oropeza pudiera ser esclarecido en veinticuatro horas, pese a que antes de tomar posesión de su cargo era una exigencia que había estado haciendo constantemente.

31) Las falsas acusaciones formuladas en contra de la Viuda del Doctor Oropeza por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, todas ellas basadas en falsas pruebas y falsos testimonios, por poco logran destruír a la Viuda (Y CON ELLO AL PRINCIPAL TESTIGO PARA EL ESCLARECIMIENTO DEL ASESINATO), como lo muestra todo lo siguiente:

a) Una carta de la Universidad de Nuevo México en Las Cruces de los E.E.U.U. en donde se manifiesta claramente que la Viuda del Doctor Oropeza (quien ya había quedado totalmente desprotegida por el asesinato de su esposo) perdió SU UNICO EMPLEO y con ello SU UNICO MEDIO DE SUSTENTO a raíz de las acusaciones formuladas con pruebas falsas en contra de ella a través de la Comisión Nacional de Derechos Humanos. En relación a ésto, véase el archivo fotográfico TRABAJO.jpg.

b) Los fuertes gastos médicos de hospitalización del padre de la Viuda, quien se vió afectado en su salud a consecuencia de las acusaciones formuladas sin pruebas en contra de su hija por la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

c) Las formas I-589 (Request for Asylum in The United States) para PETICION DEL ASILO COMO REFUGIADO POLITICO en los E.E.U.U., entregadas personalmente a la Viuda y al hermano de la Viuda el Lunes 24 de Febrero de 1992 (a escasas dos semanas de empezar a ser víctimas de la acometida despiadada emprendida en contra de ellos a través de la Comisión Nacional de Derechos Humanos) por el Sr. Henry McGee, funcionario del Immigration and Naturalization Service, ante el temor que pronto se descargase sobre ambos (la Viuda y el hermano) la fuerza del Estado presentándolos como culpables por un crimen que no cometieron a la vez que se dejaba en completa libertad a los verdaderos asesinos (en el archivo fotográfico FORMA_I-589.jpg podemos ver la página frontal de una de dichas formas entregadas personalmente por Henry McGee a la Viuda del Doctor Oropeza y al hermano de la Viuda, las cuales aún conservan.) Tanto la Viuda del Doctor Oropeza como el hermano de ella tuvieron estas formas a la mano en preparación para una eventual emergencia propiciada por una Comisión Nacional de Derechos Humanos creada supuestamente para proteger los derechos humanos de los contribuyentes que la sostienen, con un dictamen plagado de mentiras e irregularidades. La principal razón por la cual a fin de cuentas no se acogieron a éste beneficio era que una eventual salida hacia los E.E.U.U. hubiera podido ser aprovechada de inmediato por la CNDH y por los enemigos políticos del Doctor Oropeza así como por los verdaderos autores intelectuales del asesinato para interpretarla públicamente como una fuga, como una huída, como una aceptación implícita en la participación de un crimen que no cometieron, lo cual hubiera sido del mayor agrado y beneplácito para los verdaderos culpables del crimen.

36) El Diez de Octubre de 1992, la Viuda del Doctor Oropeza Contreras le entregó personalmente en sus manos al flamante Gobernador de Chihuahua Francisco Barrio Terrazas una petición escrita elaborada por su hermano pidiéndole al Gobernador que usando su autoridad como Jefe del Poder Ejecutivo en el Estado de Chihuahua solicitase una respuesta por escrito de la Comisión Nacional de Derechos Humanos proporcionándole al Gobernador LA LISTA COMPLETA de los nombres de todos aquellos que estuvieron detrás de la invención de los “nexos” del hermano de la Viuda con la Policía Judicial del Estado y la Policía Judicial Federal (falsedad que querían fuese utilizada como “la prueba más fuerte” en contra de la Viuda). Se reitera que la razón por la cual ésta petición era considerada una de las más importantes que se habían hecho en torno al caso Oropeza es porque SI LOS HIJOS DEL DOCTOR OROPEZA NO ESTUVIERON SOLOS DETRAS DE ESTA MENTIRA EL NOMBRE O LOS NOMBRES DE SUS COMPLICES NECESARIAMENTE DEBE(N) APARECER EN ESTA LISTA. Pues bien, EL GOBERNADOR BARRIO TERRAZAS JAMAS RESPONDIO A ESTA PETICION ESPECIFICA HECHA POR LA VIUDA. No es posible para Francisco Barrio Terrazas argumentar que la Viuda jamás le entregó tal petición en virtud de que su recién nombrado Procurador de Justicia Francisco Molina Ruiz hizo alusión a dicha carta entregada el 10 de Octubre de 1992 en un escrito en el que no respondió a la petición hecha de que el Gobernador procurara dicha lista de nombres de la CNDH, limitándose a decirle simplemente que había “tres investigadores en dicho caso”. Véase el archivo fotográfico CONTESTACION.jpg. Ante la extraña actitud de indiferencia mostrada por el Gobernador Francisco Barrio Terrazas QUIEN JAMAS DIO RESPUESTA DIRECTA A ESTA PETICION ESPECIFICA QUE LE ENTREGO PERSONALMENTE LA VIUDA POR ESCRITO, la misma petición de ayuda fué presentada el 5 de Febrero de 1993 al Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Chihuahua Profesor Baldomero Olivas Miranda, quien respondió al poco tiempo entregando personalmente a su vez en la Ciudad de México un escrito fechado 11 de Febrero de 1993 al recién nombrado Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos Jorge Madrazo Cuéllar (éste nombramiento o dedazo como se acostumbra llamar en México a este tipo de designaciones, dado por instrucciones directas del Presidente Carlos Salinas de Gortari, fué anunciado el 19 de Enero de 1993) solicitándole ésta información. En relación a ésto, véase el archivo fotográfico PETICION.jpg. El ya para entonces Presidente de la CNDH Jorge Madrazo Cuéllar dió respuesta a dicha petición casi un mes después de haberla recibido, el 2 de Marzo de 1993. Dada la extraordinaria importancia de la respuesta dada por Jorge Madrazo a la petición que le fué formulada por el Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Chihuahua, su respuesta (tres páginas) se reproduce en su totalidad en los archivos fotográficos EVASIVAS1.jpg, EVASIVAS2.jpg y EVASIVAS3.jpg. El Profesor Baldomero Olivas Miranda le había planteado a Jorge Madrazo Cuéllar tres peticiones muy específicas, las cuales se pueden responder una por una en una sola hoja. Una primera lectura de la respuesta dada por Madrazo revela de inmediato que EN NINGUNA PARTE DEL DOCUMENTO LE DIO UNA RESPUESTA CONCRETA A NINGUNO DE LOS TRES PUNTOS FORMULADOS POR EL PROFESOR BALDOMERO OLIVAS MIRANDA. En otras palabras, Jorge Madrazo Cuéllar NO LE ENTREGO AL PROFESOR BALDOMERO OLIVAS MIRANDA POR ESCRITO NI UNO SOLO DE LOS NOMBRES QUE LE ESTABA PIDIENDO OFICIALMENTE EL PRESIDENTE DE LA COMISION ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE CHIHUAHUA. En lugar de hacer eso, Madrazo se dedicó a hacer alusión a una carta que le había enviado el hermano de la Viuda al Profesor Olivas Miranda, además de enviarle una copia completa de la Recomendación 13/92 emitida por la CNDH en torno al caso Oropeza (superflua, porque dicha información ya obraba en los archivos, y la copia que estaba siendo enviada no aportaba nada nuevo ni daba respuesta a ninguno de los tres puntos específicos que Baldomero Olivas Miranda le había formulado a Jorge Madrazo.) Sin embargo, en un alarde de prepotencia, dejó muy claro al final su postura en torno al caso Oropeza, señalando en la frase con la cual cierra su oficio “En contra de las Recomendaciones acuerdos o resoluciones definitivas de la Comisión Nacional, NO PROCEDERA NINGUN RECURSO” que aunque hubiese nuevas pruebas y evidencias que no habían sido tomadas en cuenta anteriormente en contra de los “defendidos” por la CNDH, dicha Recomendación jamás sería corregida y mucho menos desechada. De éste modo, la CNDH NO SOLTO NI UNO SOLO DE LOS NOMBRES DE LOS FALSOS DECLARANTES PERO SI CONTINUO AVALANDO UNA MENTIRA ASENTADA Y APOYADA OFICIALMENTE EN LA MISMA COMISION NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS TANTO POR SU ANTERIOR PRESIDENTE JORGE CARPIZO McGREGOR COMO POR SU ACTUAL PRESIDENTE JORGE MADRAZO CUELLAR, dejando en claro que en contra de las arbitrariedades de la CNDH no procedería jamás ningún recurso.  El que una Comisión Nacional de Derechos Humanos supuestamente creada para proteger los derechos humanos (y mantenida con fondos públicos) señale a un ser humano como sospechoso de un homicidio apoyándose para esto en FALSOS TESTIMONIOS negándose a proporcionar los nombres de los falsos declarantes la involucra directamente COMO COMPLICE en UN ACTO DE ENCUBRIMIENTO EN CASO DE HOMICIDIO. Y para incurrir en éste tipo de yerro SIN IMPORTARLE EL DESPRESTIGIO QUE TAL ACTITUD OCASIONARIA A SU REPUTACION MUNDIAL, la CNDH debe de haber tenido muy buenas razones que algún día deberían de ser investigadas por el Congreso de la Unión. Y ciertamente en una investigación imparcial las primeras dos preguntas que ameritan una respuesta inmediata son las siguientes:

Si ninguna persona de la CNDH se entrevistó jamás ni buscó a la Viuda ni al hermano de la Viuda antes de emitir su Recomendación en torno al caso Oropeza, entonces ¿DE DONDE SACARON EL NOMBRE DEL HERMANO DE LA VIUDA AL QUE LE INVENTARON LOS “NEXOS” CON AGENTES DE LA POLICIA? Imposible argumentar que lo hayan sacado de los archivos de la Policía porque EL HERMANO DE LA VIUDA CARECE POR COMPLETO DE ANTECEDENTES PENALES.

¿Fué el Lic. Jorge Madrazo Cuéllar, Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos desde Enero de 1993, una de las personas enviadas a Ciudad Juárez a fines de 1991 y/o principios de 1992 por el anterior Presidente de la CNDH Jorge Carpizo McGregor para “investigar” el caso Oropeza?

Hasta la fecha, no existe respuesta documentada alguna a éstas dos incógnitas como tampoco parece haber autoridad alguna que se muestre preocupada ó interesada en tratar de llegar al fondo del asunto sobre lo que se está tratando de encubrir dentro de la CNDH por todos los medios posibles. Cabe agregar que el 15 de Febrero de 1993 la Viuda solicitó por escrito al Sr. Hector Mejía Gutiérrez en su calidad de Jefe de la Policía Judicial del Estado que se investigase la identidad de las personas enviadas por la CNDH en relación al caso Oropeza para que la identidad de éstas personas fuese anexada al expediente de las investigaciones del homicidio. La salida inesperada y sorpresiva del Sr. Hector Mejía Gutiérrez de su puesto como Jefe de la Policía Judicial del Estado exactamente cuatro semanas después dejó ésta interrogante en el aire.

39) Existen razones fundamentadas en otros hechos además de los ya señalados para dudar que la administración presidida por Francisco Barrio Terrazas haya hecho desde un principio un esfuerzo serio y honesto por llevar a cabo una investigación nueva en torno al caso Oropeza de modo imparcial. Si tomamos como base una aseveración que el Procurador de Justicia del Estado Francisco Molina Ruiz hizo por escrito afirmando el 18 de Noviembre de 1992 que desde aquél entonces ya se tenían TRES INVESTIGADORES trabajando en el caso Oropeza (véase el archivo fotográfico CONTESTACION.jpg), en nueve meses (Octubre 1992 - Junio 1993) llevarían ya invertidas muchas horas-hombre de labor investigativa intensa que debería haber producido algún resultado, POR LO MENOS LA CORROBORACION DE LAS EVIDENCIAS Y LOS TESTIMONIOS QUE YA HAN SIDO CITADOS EN TORNO AL CASO. Pero es necesario preguntarse qué es lo que estuvieron haciendo esos tres investigadores en el lapso de UN AÑO si en todo éste tiempo hasta donde es posible saberlo JAMAS CITARON A DECLARAR A NADIE, ni siquiera a la misma Viuda, el testigo más importante del caso, NI LLEVARON A CABO NINGUNA ENTREVISTA CON ALGUNO DE LOS OTROS TESTIGOS IMPORTANTES RELACIONADOS CON EL CASO. Resulta difícil aceptar que todo éste tiempo lo hayan usado leyendo el expediente viejo del caso sentados en un escritorio. La mejor confirmación de que nunca hubo un interés real de parte de la nueva administración del Gobernador Francisco Barrio Terrazas para esclarecer el crimen y de que fué muy poco lo que se hizo para ello, SI ES QUE ALGO SE HIZO, llegó cuando el Viernes 7 de Mayo de 1993 al Procurador de Justicia Francisco Molina Ruiz se le salió decir que la mayor parte de las evidencias hacían recaer la responsabilidad en Sergio Aguirre Torres y Marco Arturo Salas Sánchez. Podemos leer lo siguiente en la primera plana de la Sección "B" del periódico DIARIO DE JUAREZ del Sábado 8 de Mayo de 1993 lo siguiente:

“Caso Oropeza, nueva investigación.
BUSCAN REAPREHENDER A SOSPECHOSOS LIBERADOS.
Ahora lo difícil es localizarlos, dice el Procurador.
En la nueva investigación para esclarecer el crímen del doctor Víctor Manuel Oropeza, la mayor parte de las evidencias hacen recaer la responsabilidad en Sergio Aguirre Torres y Marco Arturo Salas Sánchez, a quienes liberó la anterior administración al acatar una recomendación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, dijo ayer el procurador general de Justicia del Estado, Francisco Molina Ruiz.
Agregó que ahora enfrentan serios problemas para localizar a ambas personas para procesarlas.”

Pero al día siguiente apareció una nota en el mismo periódico en la primera plana de la Sección "B" CON UNA FOTOGRAFIA DE MARCO ARTURO SALAS SANCHEZ TRABAJANDO TRANQUILAMENTE EN EL TALLER DE SASTRERIA DE SU PADRE, diciendo dicha nota:

“Mientras tanto Marco Arturo Salas, entrevistado en el taller de sastrería ubicado en el domicilio de su padre, en Infonavit San Lorenzo, dijo que 'no tengo por qué huir Y NO ES CIERTO QUE ME 'ANDEN' BUSCANDO PORQUE NADIE HA VENIDO A PREGUNTAR POR MI y yo continuaré trabajando aquí ayudando a mi padre.'”

En pocas palabras, a Marco Arturo Salas jamás lo buscó en su propio domicilio investigador alguno en el curso de las “nuevas” investigaciones, pese a que su domicilio aparecía claramente en varios expedientes del caso y era fácilmente localizable, especialmente si tomamos en cuenta que el Procurador de Justicia tiene todos los recursos combinados de la Policía Judicial del Estado a su disposición en cualquier momento. Por si ésto fuera poco, a tan sólo cuatro días de haber hecho el Procurador Francisco Molina sus declaraciones MARCO ARTURO SALAS FUE ARRESTADO NUEVAMENTE POR ALGO TOTALMENTE DIFERENTE, Y SU ARRESTO TOMO POR SORPRESA AL PROCURADOR Y A LA MISMA POLICIA. Podemos leer lo siguiente en la página 6 de la Sección "B" del periódico NORTE DE CIUDAD JUAREZ aparecido el Miércoles 12 de Mayo de 1993:

“DETIENEN EN UN VEHICULO ROBADO A PRESUNTO ASESINO DE OROPEZA.
Marco Arturo Salas Sánchez, involucrado y absuelto por el juez en el asesinato del doctor Oropeza, fué detenido a bordo de un vehículo robado en las calles Dos de Abril y Brasil. Salas fué arrestado cuando se encontraba en compañía de dos menores de edad en el interior de una camioneta Ram Charger modelo 85.”

Y dos días después, a Marco Arturo Salas se le concedió la libertad caucional al no interponer la Procuraduria de Justicia del Estado de Chihuahua absolutamente nada en su contra por delito alguno. En DIARIO DE JUAREZ del Viernes 14 de Mayo de 1993 se dá la noticia:

“Involucrado en el caso Oropeza.
CONCEDEN LA LIBERTAD A SALAS.
El juez segundo de lo Penal, Rafael Lomas Loya, le concedió la libertad caucional a Marco Arturo Salas Sánchez con una fianza de 15 mil nuevos pesos, cuyo pago no había garantizado el acusado hasta ayer a las 3:00 de la tarde, por lo que seguía recluído en el Centro de Readaptación Social.
Por lo que respecta a los asesinatos del doctor Víctor Manuel Oropeza Contreras y el comerciante Pablo Vargas Ramírez, homicidios en los que aparece como presunto responsable Sálas Sánchez, el agente del Ministerio Público del Estado no ha realizado ninguna nueva promoción contra el referido individuo.”

Pero más impactante aún fué el hecho de que, después de haber tenido “pláticas” con Teresa Jardí entregándole en charola de plata todos los expedientes y las investigaciones del caso Oropeza, el Procurador Molina Ruiz en un evento que se llevó a cabo el Martes 15 de Junio de 1993 en el Centro de Convenciones de la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez con motivo del Foro de Análisis del Plan Estatal de Desarrollo del Gobierno del Estado bajo el tema de Seguridad Pública SE DESDIJO PUBLICAMENTE Y ANTE EL AUDITORIO PRESENTE AFIRMO QUE ÉL JAMAS HABIA SEÑALADO A MARCO ARTURO SALAS SANCHEZ Y A SERGIO AGUIRRE TORRES COMO LOS POSIBLES AUTORES MATERIALES DEL ASESINATO DEL DOCTOR VICTOR MANUEL OROPEZA. Fué tan extraordinario el viraje dado por el Procurador Molina Ruiz en relación a la postura oficial de la Procuraduría de Justicia de Estado respecto al caso Oropeza que once días después apareció el Sábado 26 de Junio de 1993 en el periódico NORTE DE CIUDAD JUAREZ un editorial titulado “La facilidad para desdecirse” que decía textualmente: “Públicamente nos ha tocado ver que enfrentan a una persona a que acepte haber dicho algo que dicen que dijo y que fué publicado y sin embargo, olímpicamente se desdice”.

43) A poco más de un mes de haber tomado posesión Jorge Carpizo McGregor como Procurador General de la República, la agencia presidida por él no vaciló en tomar acciones intimidatorias directas en contra de la Viuda del Doctor Oropeza y los familiares de ella. El Lunes 8 de Febrero de 1993 se estacionaron durante el transcurso del día por espacio de más de seis horas desde las 11:00 A.M. hasta las 5:45 P.M. dos vehículos de la Procuraduría General de la República DIRECTAMENTE AFUERA DE LA CASA DE LA VIUDA, y los ocupantes de dichos vehículos estuvieron apostados en la banqueta exterior y en la banqueta frontal de la calle principal RONDANDO LA CASA. Lo que hace ésta acción altamente significativa es el hecho de que ninguno de los dos vehículos pertenecían a agentes de la PGR apostados en Ciudad Juárez. DICHOS VEHICULOS FUERON ENVIADOS DIRECTAMENTE DESDE LA CIUDAD DE MEXICO. En efecto, uno de dichos vehículos era una camioneta de color azul obscuro marca Chevrolet GMC 2500 con placas 593ECP DEL DISTRITO FEDERAL y con matrícula PGR-0927-A05 mientras que el otro era un carro Tsuru blanco también con placas 317EWK DEL DISTRITO FEDERAL y también con logotipo de la Procuraduría General de la República. La visibilidad de dichos vehículos a plena luz del día descarta el argumento de que los ocupantes pudieran haber sido enviados para ayudar en las investigaciones del caso Oropeza porque de ser así hubieran sido mucho más discretos y no se hubieran estado exhibiendo tan públicamente afuera de la casa de la Viuda. Por otro lado, ninguno de los ocupantes trató jamás de establecer contacto alguno ése día con la Viuda del Doctor Oropeza. Se infiere que la presencia de ambos vehículos afuera de la casa de la Viuda era con el sólo propósito de mandarle un mensaje amenazante a la Viuda, y no se requiere de mucha imaginación para determinar quién fué la persona que los pudo haber enviado.

44) El documento OROPEZA.6 en manos de las autoridades (conteniendo una gran cantidad de las evidencias incorporadas dentro del documento OROPEZA.doc) había señalado ya numerosas evidencias y elementos de investigación que ameritaban con sobradas razones que se llevase a cabo una investigación e interrogatorios exhaustivos por separado entre Víctor Manuel Oropeza Gutiérrez y su primo José Manuel Oropeza Navarro, lo cual tal vez hubiera bastado para “romper el caso” en cuestión de unas cuantas horas. Sin embargo, tal cosa nunca ocurrió. Y de seguro tal cosa nunca ocurrirá jamás. Porque José Manuel Oropeza Navarro ESTA MUERTO (véase el archivo fotográfico ESQUELA.jpg), habiendo perecido un fin de semana el Domingo 19 de Abril de 1998 en circunstancias por demás extrañas que jamás fueron investigadas bajo la administración de Francisco Barrio Terrazas pese a la enorme importancia de éste individuo para el esclarecimiento total del asesinato del Doctor Víctor Manuel Oropeza. En una nota periodística aparecida el Lunes 20 de Abril de 1998 en la página 8 de la sección “B” del periódico EL DIARIO (antes DIARIO DE JUAREZ), la cual se reproduce íntegra en el archivo fotográfico MUERTE1.jpg, podemos ver más detalles al respecto. José Manuel Oropeza Navarro fué alcanzado a toda velocidad por detrás (véase la fotografía del estado en el que quedó la motocicleta) por una camioneta Ram de color gris con cabina y vidrios polarizados (lo cual dificulta o vuelve imposible reconocer la identidad de la persona que manejaba el vehículo que mató a José Manuel Oropeza Navarro) asentando la nota que la camioneta no detuvo su marcha y emprendió la huída sin prestarles auxilio a José Manuel Oropeza Navarro y a la muchacha que viajaba con él en la motocicleta. Obsérvese que la camioneta Ram había salido de una calle dando una vuelta en U presumiblemente para seguir por detrás hasta alcanzar a José Manuel Oropeza Navarro en cuanto lo hubo detectado viajando junto con su compañera en la motocicleta Suzuki RF600 por la avenida Paseo Triunfo de la República. Al conductor de la camioneta Ram no solo no le importó el que para embestir a José Manuel Oropeza Navarro pudiera matar también a la compañera que viajaba con él en la motocicleta, tampoco le importó que a resultas del incidente otra pareja de motociclistas  (Ariel Aldana Benítez y su esposa Corina Valdez de Aldana) resultaran seriamente lesionados. Aunque una motocicleta Suzuki RF600 está diseñada para levantar hasta 235 kilómetros por hora (147 millas por hora) volviendo extremadamente difícil para una camioneta Ram el poder alcanzar a la motocicleta si el motociclista se dá cuenta de que está siendo seguido, ésto no ocurrirá si el conductor de la motocicleta no se dá cuenta de que está siendo acechado. Se presume con ésto que a José Manuel Oropeza Navarro lo tomaron por sorpresa y en ningún momento sospechó que lo pudieran estar “cazando”. Se considera remota la posibilidad de que el responsable de la embestida haya incurrido involuntariamente en tal acto como un simple guiador manejando en estado de ebriedad o bajo el influjo de drogas en virtud de que, de haber sido así, por estar manejando DENTRO DE LA CIUDAD en una zona muy céntrica congestionada de vehículos, lo más probable es que habría terminado ocasionando otras colisiones u accidentes posteriores tras su huída del lugar de los hechos, LO CUAL NO OCURRIO HASTA DONDE ES POSIBLE SABERLO. En pocas palabras, tras haber llevado a cabo la embestida EL RESPONSABLE TUVO EL SUFICIENTE CONTROL DE SUS CINCO SENTIDOS PARA HUIR RAPIDAMENTE DEL LUGAR DE LOS HECHOS SIN VOLVER A INCURRIR EN NINGUNA OTRA COLISION CONDUCIENDO SU VEHICULO SIN DIFICULTAD, ESCABULLENDOSE Y PERDIENDOSE EN EL TRAFICO DE LA CIUDAD SIN DEJAR RASTRO ALGUNO. Ahora bien, una motocicleta Suzuki RF600 (véase el archivo fotográfico SUZUKI.jpg) como aquella en la cual viajaba José Manuel Oropeza Navarro tenía un valor de mercado aproximado de $6,700 dólares. Para una persona sin oficio ni profesión a la cual jamás se le conoció un modo honesto de vivir, una adquisición de éste tipo ciertamente hubiera resultado extremadamente onerosa a menos de que tuviera ingresos ilícitos que le permitieran proporcionarse éste tipo de lujos. La muerte de José Manuel Oropeza Navarro el 19 de Abril de 1998 ocurrió tan sólo nueve meses después de que alguien con un incendio intencional contra la residencia del médico inmolado en Campestre 111 (véase el archivo fotográfico INCENDIO.jpg) trató el 8 de Julio de 1997 de borrar definitivamente el pasado. En el archivo fotográfico MUERTE2.jpg aparece otro reportaje dado el Lunes 20 de Abril de 1998 por el periódico NORTE DE CIUDAD JUAREZ en relación a ésta ejecución. Sólo falta agregar aquí que, hasta el día en el cual José Manuel Oropeza Navarro habría de morir, aún seguía ocupando la residencia exclusiva en la colonia Los Nogales propiedad de su tío el Doctor Víctor Manuel Oropeza Contreras sin pagar un sólo centavo de renta.

Con la muerte inesperada de José Manuel Oropeza Navarro ocurrida cuando faltaba ya casi medio año para que el Gobernador Francisco Barrio Terrazas entregara el poder, desapareció para siempre una persona que desde un principio debería haber sido investigada a fondo por los agentes enviados por la Procuraduría General de la República a los pocos días de haber sido cometido el asesinato si realmente hubieran querido llegar al fondo del asunto, que debería haber sido entrevistada (y nombrada explícitamente dentro de la Recomendación 13/92) por los visitadores de la Comisión Nacional de Derechos Humanos enviados por Jorge Carpizo McGregor, que debería haber sido investigada y muy posiblemente consignada y enjuiciada durante la administración de Francisco Barrio Terrazas. Desde luego, siempre se había temido que un personaje tan relevante para la resolución del caso terminase muerto, dado el calibre de todas las personalidades involucradas en el encubrimiento del crimen. Y en efecto, sucedió, ante la burda indiferencia de las autoridades encargadas de la resolución del crimen del Doctor Oropeza. Con la desaparición de José Manuel Oropeza Navarro, quedó reducida aún más la lista de testigos potenciales con los que se podía haber llevado a cabo el pleno esclarecimiento del caso, dándole así un respiro y aire de tranquilidad a los autores materiales e intelectuales del asesinato del Doctor Oropeza, así como a todos aquellos funcionarios públicos que de un modo u otro se prestaron al encubrimiento del crimen. Después de todo, los muertos no hablan.

50) En la evidencia previamente citada, se dan razones para sospechar fuertemente de que había un interés que partía desde las más altas esferas del Gobierno de México en impedir a toda costa que se pudiera llegar hasta el fondo del esclarecimiento del asesinato del Doctor Oropeza, empezando por la anuencia dada desde arriba al ocultamiento deliberado de información por parte de la CNDH y el uso de la misma CNDH para liberar y proteger a presuntos autores materiales e intelectuales del crimen. De hecho, ésa no es la única evidencia que se puede presentar. Ante el encubrimiento que se estaba llevando a cabo, el hermano de la Viuda envió las evidencias con las que contaba a Washington a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, dependiente de la Organización de Estados Americanos, pidiéndoles su intervención en el caso. La Secretaria Ejecutiva Edith Márquez Rodríguez respondió con una carta fechada 8 de Mayo de 1995 en la cual le informaba al hermano de la Viuda que la información que había suministrado sería turnada a dicho organismo. En relación a ésto, véase el archivo fotográfico OEA1.jpg. Enterado de ésto, el hermano de la Viuda estuvo informando del hecho a los medios de comunicación, lo cual resulta obvio en la lectura de artículos tales como el artículo “Denuncia Contra el Gobierno de México: REVISARA LA OEA EL CASO OROPEZA” publicado a primera plana el Sábado 3 de Junio de 1995, ó el artículo titulado “CARPIZO EN LA MIRA DE GRUPO DE LA OEA” publicado en el mismo DIARIO DE JUAREZ el Lunes 5 de Junio de 1995 en la página 2-A. Para éste entonces, como si reaccionando ante una emergencia, el Gobierno de México anunció casi de inmediato la postulación de Jorge Carpizo McGregor a la posición de Juez dentro de los miembros del Jurado que componen la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA, precisamente el mismo organismo internacional al cual había elevado el hermano de la Viuda su petición de ayuda. Esto salta a la vista casi de inmediato si leemos el artículo publicado en el mismo periódico el mismo Lunes 5 de Junio de 1995 en la página 5-A titulado “CARPIZO, CANDIDATO A COMISION DE LA OEA”. En relación a ésto, véase el archivo fotográfico OEA2.jpg. Dentro de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ya como Juez, Jorge Carpizo McGregor no sólo hubiera tenido nuevamente acceso a todas las evidencias confidenciales remitidas a la CIDH por el hermano de la Viuda, sino que además utilizando cualquier tipo de tecnicismo y los conocimientos de primera mano que tenía sobre el caso Oropeza, actuando como Juez y parte hubiera podido utilizar su voto y su poder de persuasión para lograr que se proclamara inválida la petición de ayuda que estaba formulando el hermano de la Viuda a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Es importante notar que para ser postulado por el Gobierno de México a una posición de éste calibre, se tiene que hacer por recomendaciones de gente situada en las más altas esferas del Gobierno de México. Afortunadamente, tras las denuncias que previamente había hecho ante la CIDH el hermano de la Viuda en contra de Jorge Carpizo McGregor, algo sucedió en Washington que trajo como consecuencia que la postulación de Carpizo McGregor fuera desechada, muy a pesar del Gobierno de México. Tan sólo cuatro semanas después, Carpizo era sacado de México con uno de los más altos puestos que el Gobierno de México le podía dar fuera del país, enviándolo como Embajador a Francia, irónicamente quitándole el puesto a Ignacio Morales Lechuga, el mismo quien fuera Procurador General de la República cuando bajo su cargo fué enviado un equipo de investigadores de la PGR desde la Ciudad de México el mes de Julio de 1991 para darle una solución al caso Oropeza con los resultados que ya conocemos. En relación a ésta salida abrupta de México de Jorge Carpizo McGregor, véase el archivo fotográfico EXILIO.jpg.

52) Se han presentado ya evidencias y elementos de investigación más que suficientes para demostrar más allá de toda duda posible que Teresa Jardí Alonso desde un principio tuvo una extraña e importante injerencia en el caso del asesinato del Doctor Oropeza, metiendo sus manos en todo lo que pudo (inclusive actuando fuera de la Ley) apoyada desde los más altos niveles del Gobierno de México; y a éstas alturas no debe quedar duda alguna de que su participación jugó un papel importante en pivotar y desviar el curso de las investigaciones hacia una dirección que únicamente dejaría impune el asesinato.

Ante ésta situación, tomando en cuenta de que Teresa Jardí se estaba desempeñando como la encargada del Departamento de Derechos Humanos de la Arquidiócesis de México, y justo cuando Teresa Jardí se estaba moviendo sin cesar para meter sus manos dentro de otro asesinato prominente, el del magistrado Abraham Polo Uscanga, el hermano de la Viuda hizo llegar directamente ante el representante del Papa en México, el Nuncio Apostólico Jerónimo Prigione, una misiva elaborada el Jueves 6 de Julio de 1995 (véase en el archivo fotográfico JARDI1.jpg la copia de la primera página de dicha misiva) en donde le proporcionaba elementos más que suficientes para poner en tela de duda la actuación de Teresa Jardí en torno al caso Oropeza y cuestionaba asimismo las intenciones de Teresa Jardí al estar tratando de meter ahora sus manos en el caso del asesinato del magistrado Abraham Polo Uscanga, pidiéndole al Nuncio Apostólico su intervención personal directa para que Teresa Jardí se presentase a declarar como testigo voluntario dentro de las nuevas investigaciones que se estaban llevando a cabo al amparo de las nuevas evidencias. En la última página de dicho escrito que obra en los archivos de la Nunciatura Apostólica en México, podemos leer lo siguiente:

“tengo a bien rogarle a Ud. su valiosa ayuda para que la Sra. Teresa Jardí quien vive en la Ciudad de México nos informe a través de LA JORNADA la FECHA PROXIMA en la cual podamos contar con la presencia de ella aquí en Ciudad Juárez como TESTIGO VOLUNTARIO para las últimas diligencias en las investigaciones del caso Oropeza. La Viuda del Doctor Oropeza ha indicado ya su disposiciónde pagarle el viaje y los viáticos a Ciudad Juárez a Teresa Jardí EN CASO DE QUE LOS GASTOS DEL VIAJE PUEDAN SER UN IMPEDIMENTO. En cuanto Teresa Jardí haya confirmado a LA JORNADA dicha fecha, tanto yo como la Viuda del Doctor Oropeza haremos gustosos los preparativos para que la Sra. Teresa Jardí sea recibida en Ciudad Juárez por los investigadores y por los fiscales que están abocados al total esclarecimiento del crimen hasta sus últimas consecuencias. LA JORNADA nos puede confirmar la disponibilidad de Teresa Jardí (así como la fecha en la cual ella pueda venir) al teléfono de la casa de mis padres o a través del corresponsal de LA JORNADA en Ciudad Juárez, Rubén Villalpando.
Agradeciendo de antemano las atenciones que se sirva dar a ésta solicitud de ayuda, quedo de Ud. su affmo. y s.s. (sigue la rúbrica del hermano de la Viuda)”

Es muy posible que ante la enorme fuerza de las evidencias el Nuncio Apostólico haya concertado una reunión privada con Teresa Jardí para tratar de “convencerla” de que efectuara en calidad de testigo voluntario el viaje a Ciudad Juárez que le estaban solicitando la Viuda del Doctor Oropeza y su hermano (¡considerando las obligaciones y responsabilidades de Teresa Jardí como la Directora del Departamento de Derechos Humanos de la Arquidiócesis de México!), además de que la haya confrontado con dichas evidencias para cuestionarle su interés en involucrarse dentro del caso del asesinato del magistrado Polo Uscanga. Lo que sí es un hecho es que ocurrió otra cosa inesperada que terminaría para siempre la relación de Teresa Jardí con la Nunciatura Apostólica y con la Arquidiócesis de México. Teresa Jardí presentó su renuncia, dando como justificación para la presentación de dicha renuncia sorpresiva argumentos en los cuales despotricaba directamente en contra del representante del Papa en México con temas que de hecho no venían al caso. En efecto, podemos leer en la página 38 de la revista PROCESO del 31 de Julio de 1995 bajo el artículo titulado “La renuncia de Teresa Jardí y el periódico de la arquidiócesis” las siguientes declaraciones de Teresa Jardí:

“Yo creo que Jerónimo Prigione, nuncio apostólico en México, le ha hecho un gran daño al país. Y creo que a éste arzobispo (alusión al arzobispo Norberto Rivera Carrera) podrían presionarlo por conducto de Prigione. Por eso preferí estar en un lugar más independiente, para no causarle problemas a Norberto Rivera”

En el archivo fotográfico JARDI2.jpg podemos ver reproducido el artículo mencionado. Véanse bien la fecha en la cual fué elaborada la misiva dirigida al Nuncio Apostólico y la fecha en la cual apareció publicado el artículo en la revista PROCESO que confirmó la renuncia de Teresa Jardí. Si la salida abrupta de Teresa Jardí del Departamento de Derechos Humanos de la Arquidiócesis de México se debió a una negativa rotunda de parte de ella para presentarse en Ciudad Juárez a rendir declaraciones importantes relacionadas con el caso del asesinato del Doctor Víctor Manuel Oropeza, entonces debemos aceptar dada la coincidencia de las fechas que Teresa Jardí prefería mil veces perder dicho puesto dentro de la Arquidiócesis de México que presentarse a rendir declaraciones que en un momento dado la podrían comprometer e inclusive ponerla en riesgo severo de ser enviada a la cárcel.

Tan sólo cabe señalar que, hasta donde ha sido posible saberlo, desde la fecha en que Teresa Jardí dejó de ser Delegada de la Procuraduría General de la República, Teresa Jardí no se ha vuelto a presentar públicamente nunca más en Ciudad Juárez. Es posible que no haya vuelto desde entonces a Ciudad Juárez ni siquiera como turista, a menos de que lo haya hecho en el mayor de los sigilos ocultándose de la vista del público, tal y como lo hacen todos aquellos que no desean ser reconocidos ni desean ser encontrados porque tienen algo que esconder.

59) Pese a todas las evidencias y elementos de investigación ya presentados arriba, concedámosle por un momento el beneficio de la duda al entonces Gobernador de Chihuahua Francisco Barrio Terrazas suponiendo que la vasta labor de encubrimiento llevada a cabo en torno al asesinato del Doctor Oropeza fué un asunto del cual el Gobernador estaba totalmente ignorante porque su Procurador de Justicia Francisco Molina Ruiz le ocultó la realidad de lo que estaba sucediendo, además de que para ésto tenemos que suponer también que el Gobernador jamás leía los periódicos ni familiar alguno suyo le comentaba jamás lo que aparecía en los medios de comunicación relacionado con el caso Oropeza. Pero ésta suposición se desmorona por completo si nos damos cuenta de que, con la salida de Francisco Molina Ruiz de la Procuraduría en 1996, su sucesor Arturo Chávez Chávez entró siguiendo exactamente las mismas instrucciones que se presupone habían sido dadas en torno al caso Oropeza, aunque para ello se tuviese que recurrir a mentiras directas. En efecto, el Jueves 4 de Julio de 1996, apareció una nota en el periódico DIARIO DE JUAREZ en la cual el nuevo Procurador de Justicia del Estado Arturo Chávez Chávez afirmó de modo categórico que a los presuntos autores materiales del crimen (Marco Arturo Salas y Sergio Aguirre) ya no se les podía detener nuevamente y llevarlos a juicio a causa del asesinato del Doctor Oropeza porque “nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito”. Pero ésto es una mentira directa, porque Marco Arturo Salas y Sergio Aguirre NUNCA FUERON JUZGADOS COMO LOS PRESUNTOS AUTORES MATERIALES DEL CRIMEN. Cuando estaban detenidos, estaban señalados como los presuntos responsables y aún no habían recibido ni sentencia ni condena alguna, y el Juez Tercero de lo Penal Alberto Vázquez Quintero nunca tuvo tiempo de dictar culpabilidad o inocencia sobre los detenidos, al desistirse el Gobierno del Estado de su causa en contra de los presuntos autores materiales del crimen acatando lo que pedía Jorge Carpizo McGregor en su Recomendación 13/92. La misma Viuda envió una nota aclaratoria sobre ésto al mismo periódico, la cual fué publicada el siguiente día (véase el archivo fotográfico CHAVEZ.jpg.) Esta aclaración hecha por la Viuda jamás fue contestada por el Procurador Arturo Chávez Chávez, pero de cualquier modo el Gobierno del Estado se siguió sosteniendo con la misma mentira cínica de que no había recursos legales para detener a los presuntos autores materiales del crimen. Además, pese a que Jorge Carpizo McGregor exigió la exoneración total de los acusados aunque la CNDH carecía de facultades legales para ordenar tal cosa, el Juez Penal a cargo de la causa emprendida en contra de los presuntos autores materiales del crimen se negó a darle un sobreseimiento total al caso, dejando en libertad a Marco Arturo Salas y a Sergio Aguirre con las reservas de la Ley. Y no sólo ésto, la orden de arresto girada por el Juez Vázquez Quintero en contra de Samuel Reyes sigue vigente aún hasta nuestros días, una orden que de acuerdo a las declaraciones dadas por el Procurador de Justicia Arturo Chávez Chávez jamás sería acatada. Y en efecto, en los dos años que estuvo al frente de la Procuraduría, Arturo Chávez Chávez jamás inició trámite alguno para la extradición de Samuel Reyes. Esta CONTINUIDAD que se le estuvo dando a las irregularidades del caso demuestra en forma concluyente que Francisco Molina Ruiz no estuvo actuando solo, necesariamente tuvo que haber estado completamente de acuerdo con Francisco Barrio Terrazas en la postura oficial en torno al caso Oropeza. Dada la enorme gravedad de lo que aquí se está afirmando, que los Procuradores de Justicia del Gobernador Francisco Barrio Terrazas se prestaron al encubrimiento del asesinato del editorialista de DIARIO DE JUAREZ, Doctor Víctor Manuel Oropeza Conteras, es necesario apoyar tal aseveración sobre bases firmes que no puedan ser cuestionadas por nadie, y para ello podemos recurrir directamente a la palabra del Juez Alberto Vázquez Quintero del Juzgado Tercero Penal quien fué quien dictó la orden de arresto en contra de Samuel Reyes. En la edición del Martes 5 de Julio de 1994 de la Sección “B” del periódico NORTE DE CIUDAD JUAREZ, reproducida en el archivo fotográfico JUEZ.jpg, podemos leer lo siguiente:

“Procuraduría debe extraditar a Samuel: Juez
CASO OROPEZA NO SE CERRO
Esta vigente la orden de aprehensión contra paseño
La orden de aprehensión contra el presunto autor material directo del asesinato del médico Víctor Manuel Oropeza sigue vigente y la Procuraduría de Justicia debió seguir los trámites para su extradición.

El juez Tercero Penal Alberto Vázquez Quintero, dijo que la Recomendación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos benefició solamente con el sobreseimiento de la Procuraduría, a Marco Arturo Salas y Sergio Aguirre, quienes fueron excarcelados, pero no anuló la orden de aprehensión contra Samuel (Reyes).

Como puede verse en la copia de dicho periódico mostrada del archivo fotográfico JUEZ.jpg, éstas declaraciones no fueron una nota pequeña que hubiera aparecido perdida dentro de la nota roja, FUERON PUBLICADAS EN PRIMERA PLANA. Y aún así los Procuradores de Justicia Francisco Molina Ruiz y Arturo Chávez Chávez y Jorge López Molinar se negaron terminantemente a llevar a cabo los trámites de extradición de Samuel Reyes en todo el tiempo que estuvo Francisco Barrio Terrazas gobernando el Estado de Chihuahua desde 1992 hasta 1998.

62) Después de una lucha constante e infructuosa para que se pudiera hacer justicia en el caso del asesinato del Doctor Víctor Manuel Oropeza, eventualmente la Viuda y el hermano de la Viuda llegaron ambos a la conclusión inevitable de que ésto era algo que nunca llegaría a ocurrir mientras Francisco Barrio Terrazas fuese Gobernador del Estado de Chihuahua sin importar la cantidad y la calidad de las nuevas evidencias que se pudieran estar acumulando y presentando. Repasaremos ahora el último documento elaborado por el hermano de la Viuda, dirigido al Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Chihuahua, Heliodoro Juárez González, el Miércoles 15 de Mayo de 1996, solicitándole su intervención para evitar que el crimen quedase impune, citando los elementos que aún en ése entonces prometían el esclarecimiento científico del asesinato. Este documento, tal y como obra en los archivos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Chihuahua, aparece mostrado íntegramente en los archivos fotográficos AUXILIO1.jpg, AUXILIO2.jpg, AUXILIO3.jpg, AUXILIO4.jpg y AUXILIO5.jpg. En el último archivo fotográfico AUXILIO5.jpg podemos ver claramente el sello de recepción de la Comisión Estatal de Derechos Humanos que indica que el documento fué recibido a las 10:45 A.M. ESTE ESCRITO QUE EL HERMANO DE LA VIUDA DIRIGIO AL PRESIDENTE DE LA COMISION ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS JAMAS FUE CONTESTADO. Nunca más volverían ni la Viuda del Doctor Oropeza ni el hermano de la Viuda a tratar de recurrir a organismo gubernamental alguno en México para tratar de evitar que el caso del asesinato del Doctor Oropeza quedase en la más absoluta impunidad. De aquí en delante, le correspondería a la Sociedad Interamericana de Prensa tomar en sus manos el seguimiento del caso.

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Cuando la Sociedad Interamericana de Prensa presentó una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en Washington mostrando los resultados de su propia investigación, pidiendo una nueva investigación oficial y castigo para los responsables del crimen del Doctor Víctor Manuel Oropeza, la CIDH emitió un veredicto haciendo eco de las demandas de la Sociedad Interamericana de Prensa pidiendo respuesta a las autoridades en México (cuando aún era Gobernador del Estado de Chihuahua Francisco Barrio Terrazas.) Ante la enorme presión internacional, y a sabiendas de que durante su administración no se había hecho absolutamente nada para investigar el crimen del Doctor Oropeza, el Gobernador Francisco Barrio Terrazas se limitó a reclamar como suyas todas las evidencias contenidas en la copia de los documentos OROPEZA.5 y OROPEZA.6 entregados a la Procuraduría de Justicia del Estado de Chihuahua por el hermano de la Viuda para la resolución del caso, y de éste modo, limitándose simplemente a plagiar la labor investigativa de otros, respondió a la CIDH con los resultados de lo que llamó “su” propia investigación oficial (véase el archivo fotográfico CASO_OEA.jpg), la cual no debe asombrar a nadie que coincida en muchos aspectos punto por punto y en la mayoría de las ocasiones casi con las mismas palabras con el contenido del documento OROPEZA.5 (el documento OROPEZA.6 no es más que una ampliación del documento OROPEZA.5). De cualquier modo, y para la mala fortuna de Francisco Barrio Terrazas, se trata de un plagio sumamente fácil de comprobar. En efecto, el hermano de la Viuda del Doctor Oropeza turnó el Lunes Primero de Febrero de 1993 a la Sub-Procuraduría de Justicia Zona Norte dos discos conteniendo cada uno el entonces documento OROPEZA.5 el cual contaba ya con más de 70 evidencias y elementos de investigación (las cuales serían ampliadas posteriormente a más de 120 con el documento OROPEZA.6), pidiendo que acusaran recibo de los mismos. En relación a ésto, véase el archivo fotográfico OROPEZA5.jpg. Por si ésto no bastara, en varios escritos entregados a la Procuraduría General de Justicia del Estado se pueden apreciar claramente las referencias al documento OROPEZA.6 que para esa fecha ya estaba en manos de la Procuraduría, MUCHO ANTES DE QUE FRANCISCO BARRIO TERRAZAS SE JUSTIFICARA ANTE LA CIDH PRESENTANDO DICHA LABOR INVESTIGATIVA COMO SI HUBIESE SIDO LLEVADA A CABO POR SU ADMINISTRACION. Lo que no estaba contenido dentro del documento OROPEZA.6 en aquél entonces estaba ciertamente contenido en todos los escritos presentados a la Procuraduría General de Justicia del Estado y fechados mucho antes de que Francisco Barrio Terrazas presentara dicha labor a la CIDH como suya. Las fechas en las cuales fueron recibidos dichos escritos por la Procuraduría General de Justicia del Estado son:

   28 de Junio de 1994
   6 de Julio de 1994, 12:05
   8 de Agosto de 1994, 12:00
   22 de Septiembre de 1994, 11:25
   26 de Septiembre de 1994, 12:45
   13 de Octubre de 1994, 11:30
   19 de Octubre de 1994, 11:30
   21 de Octubre de 1994, 10:30
   7 de Noviembre de 1994, 11:20
   7 de Noviembre de 1994, 11:20
   25 de Noviembre de 1994, 10:00
   2 de Diciembre de 1994, 13:00
   7 de Diciembre de 1994, 11:35
   30 de Diciembre de 1994, 10:45
   26 de Junio de 1995, 10:15

Obsérvese bien la fecha del último escrito: 26 de Junio de 1995. Este es el último escrito que haya sido presentado ante la Procuraduría General de Justicia del Estado ya fuese por la Viuda del Doctor Víctor Manuel Oropeza o por el hermano de la Viuda aportando nuevas evidencias para la resolución del caso. Nunca más volverían a insistir ni la Viuda ni el hermano de la Viuda en el esclarecimiento del crimen ante las autoridades, dada la extensión del encubrimiento y la alta investidura oficial de quienes participaban en dicho encubrimiento.

Tampoco es posible argumentar que OROPEZA.6 haya sido “puesto al día” con evidencias que supuestamente estaban siendo recabadas y recolectadas por la misma Procuraduría, ya que como todo mundo sabe, las evidencias recabadas por la autoridad en la investigación de un crimen son confidenciales hasta en tanto el expediente no sea turnado ante un Juez Penal, de modo de que todo lo que coincida en la excusa presentada por Francisco Barrio Terrazas ante la CIDH con lo que está asentado dentro de éste documento o en el documento Oropeza.6 aunado a los escritos arriba presentados necesariamente tuvo que ser material recibido por la Procuraduría y no material recabado en forma independiente en unas investigaciones fidedignas llevadas a cabo por cuenta propia por la misma Procuraduría.

Como muestra de los escritos a que se hace mención arriba, véase el archivo fotográfico ESCRITO.jpg en donde aparece claramente desde el principio una alusión al documento OROPEZA.6. Casi todo el material contenido en los documentos OROPEZA.5 y OROPEZA. 6 fué utilizado por Francisco Barrio Terrazas para justificarse ante la CIDH y argumentar que estaban trabajando “muy duro” en el caso cuando en realidad no se estaba haciendo casi nada. De cualquier modo, ya no le fué posible para justificarse ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos agregar también evidencias y elementos de investigación en torno al posible móvil político del asesinato contenidas dentro de éste documento IPCRESS, porque en México (a excepción de miembros selectos de la Prensa Nacional e Internacional) nadie, absolutamente nadie, conocía de la existencia de éste documento IPCRESS. Y como los hechos lo han demostrado, la enorme confidencialidad guardada sobre el documento IPCRESS está ahora plenamente justificada, a sabiendas de que Francisco Barrio Terrazas estaba protegiendo al enemigo.

Lo anterior forma parte de los muchos materiales que obran en el documento IPCRESS. En los extractos tomados (tan solo una mínima parte, ya que el documento es extenso) se mencionan los archivos fotográficos INTERROGANTES,jpg, ANGUSTIA.jpg, ESQUELA.jpg y MUERTE1.jpg. A continuación se reproducen dichos archivos fotográficos en ese mismo orden:










En la evidencia número 10 reproducida arriba y tomada directamente del documento IPCRESS citado, evidencia que podemos titular ”No existe retrato hablado de Marco Arturo Salas (según la CNDH)”, puede verse que la urgencia mostrada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos en sus demandas por la liberación incondicional y la exoneración absoluta de todos aquellos indiciados por la policía como los presuntos autores materiales del asesinato del Doctor Oropeza, recurriendo a cualesquier argumento por estúpido que fuera, hizo que la CNDH basara su “Recomendación” (que hasta la fecha sigue vigente sin haber sido ni revisada ni corregida) recurriendo a mentiras directas en su exigencia de la liberación y exoneración incondicional de todos los indiciados, y IPCRESS cita en su evidencia número 10 lo mismo que aparece textualmente en las páginas 27 y 28 de la Recomendación 13/92 de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, respaldándose en los archivos fotográficos RETRATO1A.jpg y RETRATO1B.jpg que se muestran a continuación y en los que se aprecian las hojas en donde quedó asentado lo que se acaba de citar, todo avalado personalmente por Jorge Carpizo McGregor:





Como lo prueba el documento IPCRESS más allá de toda duda posible, el caso es que sí existía dentro del expediente judicial un retrato hablado, lo cual se podía probar en cualquier momento, refutando y desmintiendo con ello las fantasías inventadas dentro de la CNDH para desbaratar por completo el caso Oropeza. Véase ahora el siguiente archivo fotográfico (evidencia RETRATO2.jpg anexada al documento IPCRESS) que muestra un retrato hablado de Marco Arturo Salas Sánchez, elaborado el mes de Julio de 1991 por un perito de apellido Guevara, el cual existía en el expediente de la Causa Penal 182/91 radicada en el Juzgado Tercero Penal en contra de los presuntos autores materiales del crimen:




Este es el mismo retrato hablado que los Agentes de la Policía Judicial del Estado ya tenían en su poder desde antes de llevar a cabo la detención y el interrogatorio de Marco Arturo Salas Sánchez. Es importante comparar éste retrato hablado con la fotografía de Marco Arturo Salas Sánchez que aparece en la parte inferior del archivo fotográfico FotoSALAS1991.jpg citado en el documento OROPEZA.6 para encontrar de inmediato las similitudes entre el retrato hablado y el autor material arrestado. Se trata de la misma persona. De hecho, éste no es el único retrato hablado que obraba en el expediente judicial, obraba también en el expediente el retrato hablado de Samuel Reyes, quien aún no había sido capturado cuando el expediente fué consignado ante el Juzgado Tercero Penal (evidencia RETRATO3.jpg que forma parte del documento OROPEZA.6). Y dicho sea de paso, aquí tenemos una prueba más de las muchas mentiras en que estuvo incurriendo Marco Arturo Salas Sánchez, al afirmar que en el retrato hablado que le fué mostrado por los Agentes se dibujaba a una persona que tenía el rostro cubierto. Ni en el archivo fotográfico RETRATO2.jpg ni en el archivo fotográfico RETRATO3.jpg se tiene a ninguna persona con el rostro cubierto. Tal retrato hablado de una persona con el rostro cubierto solo existió en la fértil imaginación del presunto asesino Marco Arturo Salas Sánchez. Imposible resulta tratar de argumentar que la “omisión” de la existencia del retrato hablado de Marco Arturo Salas Sánchez citada en la “Recomendación” de la CNDH se pudiera haber debido a una falta de información de parte de los enviados de Jorge Carpizo McGregor, porque de la lectura de la Recomendación 13/92 se desprende que los enviados de Jorge Carpizo McGregor en representación de la CNDH tuvieron pleno acceso al expediente completo de la Causa Penal 182/91; y de hecho la Recomendación 13/92 está plagada de referencias y alusiones a declaraciones de testigos y partes informativos policiales que obran únicamente en el expediente judicial 182/91. En base a un cúmulo de evidencias como éstas, en el documento IPCRESS se llegó a la conclusión casi inevitable de que con todo lo que se había reunido se tenía material suficiente para presuponer la existencia de una verdadera conspiración en toda la extensión de la palabra urdida entre el presunto autor intelectual o los presuntos autores intelectuales del crimen y funcionarios de primer nivel de la Comisión Nacional de Derechos Humanos para lograr a como diera lugar la liberación de los presuntos autores materiales del crimen, aunque tal liberación se tuviera que basar en pruebas falsas y mentiras directas. En última instancia, la liberación y exoneración incondicional de los autores materiales del asesinato del Doctor Oropeza era algo que se tenía que llevar a cabo, obligadamente (y así se hizo) porque el presidente de la CNDH Jorge Carpizo McGregor estaba respaldado directamente por el hombre que lo puso en tal cargo, o sea por el Presidente Carlos Salinas de Gortari, y en este entonces lo que ordenaba el Señor Presidente ya fuese directamente o a través de terceras personas era una orden que se tenía que cumplir así fuese recurriendo a falsedades y aberraciones como las que se han citado. Así fue como los presuntos autores materiales del crimen fueron liberados y exonerados incondicionalmente desde mucho antes que el Juez Penal Alberto Vázquez Quintero pudiera estudiar el expediente del caso, al “alinearse” el Gobernador Fernando Baeza Meléndez con las instrucciones (o mejor dicho, órdenes) giradas por Jorge Carpizo McGregor para el desistimiento completo de la acción penal en contra de los acusados “por desvanecimiento de pruebas”, quedando con ello el crimen hasta el día de hoy en la más absoluta impunidad.

Hay varias hipótesis para explicar lo que sucedió en torno al caso Oropeza. La hipótesis más plausible capaz de explicar lógicamente la secuencia de eventos relacionados con el caso Oropeza, de acuerdo a los materiales consignados en el documento OROPEZA.6 y en el documento IPCRESS, es la siguiente:
  1. Un “personaje importante”, sin informar ni consultar a quienes dentro del régimen tenía que haber informado y consultado desde un principio antes de tomar una decisión de este calibre (es muy dudoso que se le hubiera dado la autorización para cometer tal barbaridad dados los riesgos que ello implicaba), decide remover del camino por su propia cuenta al formidable editorialista Doctor Víctor Manuel Oropeza muy posiblemente para impedir que el Doctor Oropeza pueda poner en jaque al sistema ya sea posicionado como Senador o como Gobernador o situado en algún otra posición clave desde donde se pudiera transformar el régimen de partido único que en ese entonces gobernaba a México. Para llevarse a cabo la ejecución, el “personaje importante” se pone en contacto y recluta a gente cercana al Doctor Oropeza (un familiar cercano al Doctor Oropeza como su sobrino José Manuel Oropeza Navarro, del cual hay testimonios verídicos que odiaba a su tío) a la cual se le ofertan compensaciones generosas e inclusive se le dan garantías de ayuda y protección a cambio del “trabajo” que será efectuado, y será ésta gente cercana al Doctor Oropeza (y no directamente el “personaje importante”) la que se encargará de contratar a los sicarios que serán utilizados para el crimen.
  2. Al cometerse el crimen y al estallar el escándalo y la ira de la sociedad chihuahuense, y tras una secuencia casi inesperada de eventos, se logra la captura de dos de los autores materiales del crimen quedando identificado un tercer autor material que vive en Estados Unidos, lo cual fue posible porque los policías que resolvieron la parte del caso que tenía que ver con la autoría material del crimen no estaban informados ni tenían órdenes de que había “cierta gente” a la cual se tenía que “respetar” (lo mismo sucedió en la Ciudad de México con la detención fortuita de Daniel Aguilar Treviño, el asesino convicto por haber matado al secretario general del PRI, en un arresto que se dió casi por mera casualidad, y el cual implicó en la autoría del crimen a nadie menos que el hermano del mismo ex Presidente de México).
  3. Por la premura de dar por cerrado el caso ante la enorme presión de la sociedad chihuahuense en sus demandas del esclarecimiento, queda sin detener el autor material que vive en los Estados Unidos. Y lo más importante, el caso es concluído sin la detención de un autor intelectual y sin un móvil creíble del crimen (todas las evidencias y análisis, incluídos los materiales del documento OROPEZA.6, descartan el robo como posible móvil del crimen). Pero con los autores materiales consignados en la cárcel, en caso de ser encontrados culpables y terminar purgando largas penas de prisión, existe desde luego el riesgo de que al no tener ya nada que perder decidan hablar diciendo quién los contrató para hacer el “trabajo”, lo cual puede detonar otras consecuencias y sorpresas inesperadas. Es aquí cuando el “personaje importante” entra en pánico y se da cuenta de que las cosas se están saliendo fuera de control, y decide pedir ayuda directamente a la única persona en todo México que lo puede sacar del apuro en que se encuentra. Es aquí cuando seguramente, muy arriba, en las más altas esferas gubernamentales, se enteran por vez primera de todo seguramente poniéndose muy indignados al enterarse en forma tardía de algo de lo que deberían de haber sido enterados desde antes de que se pusiera en marcha el plan para la ejecución del Doctor Oropeza.
  4. No tanto para salvarle el pescuezo al “personaje importante” sino más bien para evitar un problema de proporciones mayúsculas en caso de que las cosas se sigan saliendo fuera de control, el presidente de la CNDH, Jorge Carpizo McGregor, respaldado en forma absoluta por quien lo puso en dicho cargo, el Presidente de México Carlos Salinas de Gortari, entra en acción y se moviliza de inmediato para desbaratar por completo todos los avances que se habían logrado en el caso Oropeza, lo cual de antemano se sabe que solo será posible con la liberación y exoneración total de los sicarios detenidos. Esto se lleva a cabo con la Recomendación 13/92 de la CNDH, la cual se sobreentiende que deberá ser tomada como un conjunto de órdenes originadas “desde muy arriba” al Gobernador de Chihuahua y que tienen que ser acatadas sin chistar. Y casi todas las órdenes dadas por la CNDH son obedecidas, excepto la que pide acallar a la Viuda del Doctor Oropeza en sus reclamos de justicia fabricándole de ser necesario alguna culpabilidad en la autoría intelectual del crimen, porque en forma inesperada hace su aparición y queda en manos de la Procuraduría de Justicia de Chihuahua el documento OROPEZA.6, quedando descarrilada la locomotora que había sido puesta en marcha por la CNDH en contra de la Viuda del editorialista inmolado.
  5. Al percatarse de que toda la tramoya urdida en torno al caso Oropeza está por colapsarse, el Presidente Carlos Salinas pone a salvo a Jorge Carpizo McGregor removiéndolo de la presidencia de la CNDH para nombrarlo como Procurador General de la República, liberándolo de tener que responder por todas las falsedades e invenciones que avaló con su propia firma en la Recomendación 13/92 del caso Oropeza. Poco después lo nombrará Secretario de Gobernación, y finalmente lo pondrá a salvo enviándolo fuera de México como Embajador de México en Francia.
  6. Para que el encubrimiento emprendido en torno al caso Oropeza se pueda sostener, se vuelve indispensable que la Recomendación 13/92 emitida por la CNDH no sea revocada y se le mantenga como la postura oficial de la CNDH pese a todos sus errores, sus mentiras, sus tergiversaciones y sus falsedades comprobadas. Esto requerirá que cualquiera que sea el substituto de Jorge Carpizo McGregor como presidente de la CNDH mantenga la misma postura férrea e intransigente de negarse a emitir una nueva Recomendación en torno al caso Oropeza lo cual sería tanto como sepultar por completo la anterior Recomendación además de poner en jaque a varios funcionarios de la CNDH por la comisión de varios delitos empezando por el mismo Jorge Carpizo McGregor. El substituto de Jorge Carpizo McGregor en la presidencia de la CNDH resulta ser Jorge Madrazo Cuéllar, un “recomendado” e incondicional de Carpizo McGregor que se prestará al encubrimiento del crimen negándose terminantemente al repudio de la Recomendación 13/92 y negándose a la emisión de una nueva Recomendación ya corregida en torno al caso Oropeza. A 23 años de haberse emitido, la Recomendación 13/92 con la firma de Jorge Carpizo McGregor sigue siendo la palabra final de la CNDH en torno al caso Oropeza.
  7. No bastaba con mantener en pie la Recomendación 13/92 de la CNDH relativa al caso Oropeza para que el encubrimiento del crimen siguiera teniendo éxito. Era indispensable también que el Gobernador de Chihuahua, cualquiera que sea, siguiera dando pleno cumplimiento a todas las demandas y exigencias originales de Jorge Carpizo McGregor relacionadas con el caso Oropeza, lo cual equivale a mantener “liberados y exonerados” a todos los que habían sido indiciados por las policías como los presuntos sicarios, así como ignorar y despreciar por completo cualquier evidencia nueva que pueda conducir a la resolución del crimen. Esta parte del encubrimiento recae sobre Francisco Barrio Terrazas, el cual entra en funciones como Gobernador de Chihuahua en 1992, y el cual pese a haber emanado de un partido de oposición (el Partido Acción Nacional) termina aliándose incondicionalmente con el Presidente Carlos Salinas en muestra de agradecimiento servil por haberle permitido en esta ocasión (a diferencia de lo que ocurrió en 1986 con el Presidente Miguel de la Madrid) llegar a la gubernatura, en soberano desprecio de los votos en las urnas de todos los chihuahuenses que a fin de cuentas fueron los que le dieron el triunfo (y no el Presidente Salinas) con la esperanza de un verdadero cambio que nunca se dió y que alguna vez creyeron con demasiada ingenuidad que una gubernatura en manos del PAN se traduciría en una verdadera independencia del sofocante poder central que estaba siendo ejercido en todo México por un solo hombre.
  8. Además del papel activo y prioritario que debe desempeñar Francisco Barrio Terrazas ya como Gobernador de Chihuahua en el encubrimiento del crimen del Doctor Oropeza maniatando a sus propias policías y enviando todos los expedientes a la “congeladora” con la intención ulterior de “darle carpetazo” al caso, además de la colaboración y complicidad del poder ejecutivo de Chihuahua, se requerirá también la colaboración y complicidad del poder legislativo de mayoría panista, encabezado por Javier Corral Jurado que, irónicamente, es el encargado de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Estado de Chihuahua, una Comisión completamente inútil de la cual nunca se obtuvo justicia alguna ni para el Doctor Oropeza ni para las muertas de Juárez ni para todo lo que tuvo que ver con la verdadera aplicación de la justicia y la defensa de los derechos humanos en el estado de Chihuahua.
  9. Como resultado final de todas las acciones de encubrimiento emprendidas desde las más altas instancias oficiales con la colaboración activa de personajes de primera línea alineados incondicionalmente al Presidente Carlos Salinas de Gortari, expira el plazo legal para llevar a los culpables del crimen, tanto autores materiales como intelectuales, ante la Justicia. No hay forma ya de que ninguno de los culpables tanto materiales como intelectuales paguen por lo que hicieron.
La hipótesis que se acaba de dar explica satisfactoriamente y en forma unívoca el por qué, pese a una cantidad casi grosera de falsas afirmaciones, irregularidades y mentiras directas, la CNDH siempre se resistió a emitir una nueva Recomendación en torno al caso Oropeza, porque ello hubiera sido tanto como aceptar y reconocer que con su primera “Recomendación” la CNDH se prestó en su primer caso verdaderamente importante a lo que fue ni más ni menos que el encubrimiento de un crimen con un serio trasfondo político. En caso de haber sido declarada nula y sin validez la Recomendación 13/92, los autores materiales del crimen liberados por órdenes de la CNDH habrían tenido que ser reaprehendidos; el presidente de la CNDH tendría que haber sido removido de su cargo, y Jorge Carpizo McGregor y sus principales subalternos habrían tenido que ser procesados penalmente por la comisión de varios delitos graves, esto además de que la sociedad seguramente habría exigido una investigación concienzuda para determinar el por qué actuó Jorge Carpizo McGregor de la manera en la que actuó. En pocas palabras, una nueva Recomendación de la CNDH en torno al caso Oropeza, ya sin falsas afirmaciones, irregularidades y mentiras directas, hubiera sido tanto como pedirle al régimen salinista su propio suicidio, algo que ciertamente no iba a suceder, y menos con un levantamiento armado en Chiapas que buscaba terminar con el régimen unipartidista que había estado gobernando a México por siete décadas ininterrumpidas.

El documento IPCRESS no avanza conjetura alguna sobre quién pudiera haber sido el “personaje importante” que pudo haber estado al final de cuentas detrás de la verdadera autoría intelectual del asesinato de uno de los más relevantes editorialistas políticos de Chihuahua. Tal vez ésta incógnita es despejada en un documento IPCRESS.2, si es que acaso existe, aunque esto nadie parece saberlo.

Para darse una idea así sea remota de la aplanadora que fue puesta en marcha en contra de la Viuda del Doctor Oropeza y el hermano de la Viuda y a la cual tuvieron que enfrentarse ambos, hay que situarse en el contexto histórico de dicha época, que corresponde a un México diferente al de hoy. Era la época de un Presidente con su legitimidad fuertemente cuestionada por el presunto fraude electoral urdido a su favor para instalarlo en la presidencia y que fue perpetrado mediante la hoy famosa caída del sistema, un Presidente con las manos manchadas de sangre por un asesinato que cometió durante su niñez tal y como se publicó en el libro Un asesino en la presidencia de José Luis González Meza (este libro formó parte de la lista de “libros prohibidos” en ese entonces, y muchas copias fueron confiscadas y destruídas por agentes especiales de la Secretaría de Gobernación) y como lo denunció al mundo entero la revista norteamericana Forbes en su artículo “Hermanos de sangre” publicado el 24 de abril de 1995, un Presidente a cuyo hermano Raúl las dependencias oficiales le fabricaron pasaporte y credenciales de identidad legítimas con un nombre ficticio para que pudiera abrir en Suiza cuentas bancarias por más de cien millones de dólares (dinero que le fue confiscado a los hermanos Salinas de Gortari por la procuradora general suiza Carla del Ponte bajo el señalamiento de que era dinero procedente de actividades relacionadas con el narcotráfico, documentado en un artículo publicado por el periódico NORTE el 21 de octubre de 1998), un Presidente bajo cuyo sexenio se cometieron tres magnicidios (el del secretario general del PRI José Francisco Ruiz Massieu, el del candidato presidencial del PRI Luis Donaldo Colosio, y el de un Cardenal como caso único en la historia), un Presidente cobijado por un sistema político cuyos predecesores Gustavo Díaz Ordaz y Luis Echeverría ya habían demostrado con hechos que desde la misma presidencia se podían ordenar genocidios sin temor de pisar la cárcel ni enfrentar cargo alguno bajo el cobijo de la impunidad otorgada por el fuero presidencial. Se trata del mismo Presidente de quien el Gobernador de Chihuahua, Francisco Barrio, se hizo aliado incondicional convirtiéndose en un Gobernador “salinista” (este mote acusatorio se debe al político Porfirio Muñoz Ledo), casi arrodillándose para besarle al Presidente Salinas la suela de los zapatos en el más abyecto servilismo que se pueda imaginar. En relación a este servilismo adulatorio vil con el cual Francisco Barrio le clavó en forma artera un puñal en la espalda al mismo pueblo de Chihuahua que lo había llevado a la gubernatura con la esperanza de obtener una verdadera y sana independencia del sofocante poder central, el conocido editorialista Enrique Lomas comentó en la edición del periódico DIARIO DE JUAREZ publicado el jueves 20 de Enero de 1994: “¿No es acaso Chihuahua un Estado libre y soberano? ¿A quién tiene que satisfacer el gobernador Barrio? ¿No fué acaso el pueblo chihuahuense quien lo llevó a la gubernatura partiéndose la espalda y el alma a fin de tener un representante que fuera diferente a todos los demás y que evitara los desmanes del gobierno central? ¿Acaso el Gran Cambio tan prometido y publicitado se va a dar permaneciendo de rodillas ante la ‘Presidencia de la república’?” Y uno de tales desmanes del gobierno central fue el papel que jugó la administración salinista en el caso Oropeza, para lo cual el Presidente Carlos Salinas requería forzosamente en la gubernatura de Chihuahua de un cómplice incondicional dispuesto a todo para complacerlo.

Esta terrible y poderosa maquinaria oficial fácilmente habría podido avasallar a la Viuda del Doctor Oropeza que no cesaba de insistir en el esclarecimiento del crimen y al hermano de ella que la apoyaba totalmente en tales reclamos, excepto que por una circunstancia única y muy especial del destino que posiblemente no se volverá a repetir en México se interpuso en defensa de ellos el documento OROPEZA.6, el cual sin duda alguna representa una labor colosal conjunta que debió requerir de miles de horas-hombre, una investigación paralela a la investigación oficial basada en una escrupulosa recabación de datos, entrevistas a testigos, y la corroboración y cotejación de cientos de documentos y expedientes judiciales que sirvieron como una verdadera mina de oro para encontrar declaraciones contradictorias en quienes actuaron como falsos testigos, en síntesis, una investigación como se debería de llevar a cabo en el asesinato de cualquier periodista o articulista importante. La maquinaria oficialista puesta en marcha en contra de ellos sabía que, en caso de echarlos a ambos a la cárcel, lo más fácil habría sido haber soltado OROPEZA.6 a la prensa mundial empezando por la prensa norteamericana situada justo a un lado de la franja divisoria entre Ciudad Juárez y El Paso, colapsando de inmediato y en forma catastrófica la credibilidad mundial del régimen salinista en un tiempo en el que el Presidente Salinas estaba desesperado haciendo todo lo que pudiera hacer de su parte para evitar el fracaso del Tratado NAFTA (Tratado de Libre Comercio de América del Norte) que estaba enfrentando una dura oposición dura en el Congreso norteamericano. El riesgo de actuar en contra de la Viuda del Doctor Oropeza y recibir como reacción inmediata de quienes los estaban apoyando la liberación del documento OROPEZA.6 a la prensa mundial, además de las investigaciones independientes que estaba llevando a cabo la Sociedad Interamericana de Prensa sobre el caso Oropeza, puso al régimen salinista entre la espada y la pared quitándole muchas opciones que no hubiera tenido empacho alguno en usar. Complicándole al Presidente Salinas la situación sobremanera se vino encima como evento inesperado el levantamiento armado en Chiapas encabezado por el Sub-Comandante Marcos y el Ejército Zapatista. Un abuso de poder adicional del régimen salinista sobre el caso Oropeza detonando la liberación subsecuente de OROPEZA.6 a la prensa mundial podría haber sido suficiente para encender la mecha de un barril de pólvora listo para explotar sacando el descontento social fuera de Chiapas y extendiéndolo al resto del país con el riesgo de un colapso total de un régimen ilegítimo de origen. A falta de opciones, no se les ocurrió otra cosa más que congelar el caso Oropeza evitando cumplir las indicaciones oficiales de la CNDH de “investigar a la Viuda y a su hermano”; esta es una parte de la Recomendación 13/92 de la CNDH que simple y sencillamente no pudo ser llevada a cabo, y la CNDH ya no insistió más en éste rubro.

Ninguna de las evidencias contenidas en el documento Oropeza.6, pese a que listaba delitos comprobados que se persiguen de oficio tales como la falsedad comprobada en declaraciones judiciales, llegó jamás a manos de ningún Juez Penal, el Gobernador Francisco Barrio Terrazas y sus Procuradores de Justicia Francisco Molina Ruiz y Arturo Chávez Chávez y Jorge López Molinar se encargaron muy bien de que ello nunca ocurriese.

Del documento IPCRESS se puede ir entresacando una lista de personajes prominentes que se fueron sumando uno a uno a lo que vino siendo una verdadera conspiración para salvar y encubrir a los presuntos autores materiales e intelectuales del asesinato del Doctor Oropeza, una lista que parece tomada de un libro de quién es quién en la política nacional de México y en la cual no aparecen otros funcionarios de menor cuantía cuya única exculpante pudiera ser el argumento de que simplemente estaban acatando órdenes superiores en vez de cumplir la función social por la cual estaban percibiendo un sueldo pagado por el pueblo al cual decían servir:


 Jorge Carpizo McGregor
 Rector de la Universidad Nacional Autónoma de México (1985 – 1989)
 Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (1990 – 1993)
 Procurador General de la República (1993 – 1994)
 Secretario de Gobernación (1994 – 1995)
 Embajador de México en Francia (1995 - 2001)
 Jorge Madrazo Cuéllar
 Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (1993 - 1994)
 Comisionado para la Paz en Chiapas (1994 – 1994)
 Procurador General de la República (1996 - 2001)
 Cónsul General de México en Seattle, Washington, E.E.U.U. (2001 - )
 Francisco Barrio Terrazas
 Presidente Municipal de Ciudad Juárez (1983 – 1985)
 Gobernador del Estado de Chihuahua (1992 – 1998)
 Secretario de la Contraloría y Desarrollo Administrativo (2000 - )
 Francisco Molina Ruiz
 Procurador General de Justicia del Estado de Chihuahua (1992 – 1996)
 Comisionado del Instituto Nacional de Combate a las Drogas (1996 – )
 Senador plurinominal de la República (1997 – 2000)
 Oficial Mayor de la Secretaría de la Contraloría y
     Desarrollo Administrativo (2001 - )
 Arturo Chávez Chávez
 Procurador General de Justicia del Estado de Chihuahua (1996 – 1998)
 Jorge López Molinar
 Sub-Procurador de Justicia del Estado de Chihuahua, Zona
      Norte (1992 – 1998)
 Teresa Jardí Alonso
 Asesora del Procurador General de la República en materia de Derechos
      Humanos (- 1993)
 Delegada en Chihuahua por la Procuraduría General de la República
     (1993 –1994)
 Javier Corral Jurado
 Diputado plurinominal por el Estado de Chihuahua (1992 – 1995)
 Diputado plurinominal al Congreso de la Unión (1997 – 2000)
 Senador plurinominal de la República (2000 - )


En virtud de que los visitadores de la CNDH que “investigaron” el caso Oropeza fueron enviados con consigna, o como se dice en el argot popular ya traían “línea”, al no entrevistarse personalmente con aquellos a quienes ya planeaban inculpar como sospechosos de la autoría intelectual del crimen pidiéndole al gobernador Fernando Baeza Meléndez en la Recomendación 13/92 una investigación sobre los mismos, o sea la Viudad del Doctor Oropeza y el hermano de la Viuda, pisotéandoles sus derechos humanos, incurrieron en varios errores crasos. Si hubieran tratado de verse por lo menos una sola vez con el hermano de la Viuda, no solo habrian corroborado que era un profesionista sin ningún tipo de antecedentes penales tanto en México como en los Estados Unidos y que por la naturaleza de su profesión no tenía ni amigos ni conocidos ni en la Policía Judicial del Estado ni en la Policía Judicial Federal (ni había nadie en dichas corporaciones que lo conociera o tuviera tratos con él), sino que además era un entusiasta admirador del Doctor Oropeza a grado tal que en una ocasión con motivo del deceso de la primera esposa del Doctor el hermano de la Viuda le dedicó al Doctor Oropeza un trabajo titulado “A un luchador social” que fue publicado en el periódico EL UNIVERSAL DE CIUDAD JUAREZ el 21 de febrero de 1987 (los datos específicos obran en la evidencía número 56 del documento OROPEZA.6). Y esto es apenas la punta del iceberg. Si se toman los documentos OROPEZA.6 e IPCRESS y con dichos documentos en la mano se somete a la Recomendación 13/92 de la CNDH a un análisis riguroso, todo el documento se viene abajo por los suelos y no queda nada que amerite ser salvado. La única conclusión que se puede sacar es que se trató de una fabricación deliberada, hecha con mala voluntad de principio a fin.

En el artículo titulado “Algo para comenzar el año nuevo 2015” publicado aquí el 1 de enero de 2015, se proporcionaron ya mayores detalles sobre la parte que le tocó desempeñar en el encubrimiento del crimen a Javier Corral Jurado, cómplice incondicional del Gobernador Francisco Barrio Terrazas, para impedir el esclarecimiento del caso Oropeza. Es necesario agregar a la lista dada arriba al actual presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Luis Raúl González Pérez, cuya parte correspondiente en la vasta labor del encubrimiento del crimen del Doctor Oropeza fue tratada con mayor detalle en el artículo titulado “Algo sobre el nuevo presidente de la CNDH” publicado también aquí el 16 de noviembre de 2014. ¿Pero es posible que algo como la CNDH, sostenida directamente con los impuestos que pagan todos los mexicanos al gobierno, y supuestamente creada para la defensa y protección de los derechos humanos, pueda estar en manos de gente como ésta, con antecedentes en cosas tan serias como el encubrimiento de un asesinato?, se preguntarán quizá algunos. Pues sí, así es, la CNDH está en manos de este tipo de gente, así nació y así ha ido creciendo, y antes de acudir a éste organismo para pedirle su ayuda es aconsejable tener presente su pasado historial relacionado con el caso Oropeza, porque tal es la calidad moral de la gente que la integra, gente en buena medida seleccionada personalmente por el Doctor Jorge Carpizo McGregor quien fijó las normas a seguir por una institución costosísima que a fin de cuentas recibe sus dineros del mismo gobierno al cual supuestamente debe increpar. Este burdo conflicto de intereses lo denunció el Doctor Oropeza antes de ser asesinado en dos editoriales suyos titulados “LA COMISION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Y AMBROSIO” (publicado en Diario de Juárez el viernes 24 de agosto de 1990 a tan sólo dos meses y medio de haber sido creada la Comisión Nacional de Derechos Humanos el miércoles 6 de junio de 1990 en donde el Doctor Oropeza puso ésto en relación a las demandas no-atendidas de un grupo importante de madres de desaparecidos políticos en México: “las madres de los desaparecidos políticos ... el Secretario de Gobernación, el funcionario más informado dentro del gobierno, las envió con el Dr. Jorge Carpizo, flamante presidente -desde luego- de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. ¡Sí! De esa no menos flamante comisión establecida la víspera del último viaje presidencial a los Estados Unidos, para que esos entrometidos del 'America('s) Watch' no anden por ahí diciendo que en México no se respetan los Derechos... los más de los mexicanos creemos, que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, presidida por Jorge Carpizo y domiciliada en la Ave. México No. 45 de Lomas de Padierna en el D.F., sirve para lo mismo que la carabina del célebre Ambrosio”) y el editorial titulado “SIN DERECHOS POLITICOS NO HAY DERECHOS HUMANOS” (publicado en Diario de Juárez el martes 4 de diciembre de 1990 en donde el Doctor Oropeza puso ésto siete meses antes de que fuera asesinado: “A MI MANERA entendí muy claramente que el ejecutivo federal tenía el claro propósito de invalidar la concurrencia de los ciudadanos mexicanos ante los organismos internacionales”).

Se puede suponer razonablemente que aunque los diskettes conteniendo el documento OROPEZA.6 le fueron entregados a la Procuraduría de Chihuahua en la más absoluta confidencialidad con el propósito de que las evidencias y elementos de investigación fueran usados para llevar el caso Oropeza hacia a su resolución final, de alguna de varias maneras posibles (por ejemplo, a través de una incondicional de Jorge Carpizo McGregor, Teresa Jardí Alonso, mencionada arriba en la evidencia número 22 del documento IPCRESS) Jorge Carpizo McGregor, el principal encubridor, tomó conocimiento de los recursos de defensa que tenían tanto la Viuda del Doctor Oropeza como el hermano de la Viuda en contra de las resoluciones contenidas en la Recomendación 13/92, y si hubieran tratado de meterlos a la cárcel usando cualquier pretexto en forma casi segura la Sociedad Interamericana de Prensa habría entrado en acción dando a conocer a nivel mundial lo que se trataba de hacer. Si a esto se le suma el estallido casi fortuito de un movimiento armado en Chiapas encabezado por el Sub-Comandante Marcos y el Ejército Zapatista de Liberación Nacional a principios de año, otra trastada del régimen salinista -en este caso la comisión de arbitrariedades en el caso Oropeza usando para ello la fuerza del Estado- podría haber sido suficiente para echarle un cerillo a un gigantesco barril de pólvora haciendo explotar a todo el país.

En relación a Teresa Jardí Alonso, la pseudo-defensora de los derechos humanos e incondicional absoluta del ya para entonces flamante Procurador General de la República Jorge Carpizo McGregor y a la cual Jorge Carpizo McGregor envió a Chihuahua como Delegada de la PGR, vale la pena reproducir las evidencias número 17 y 19 del documento IPCRESS:
17) Ya se mencionó que la Sra. Teresa Jardí Alonso fué enviada al Estado de Chihuahua con el más alto puesto que Jorge Carpizo McGregor le podía dar en el Estado de Chihuahua dentro de la Procuraduría General de la República. Falta agregar aquí tres hechos importantes. El primero es que Teresa Jardí Alonso NUNCA ANTES HABIA VIVIDO EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA. Ella tenía su casa y sus familiares en la Ciudad de México (entre los cuales podemos mencionar a su hermano Alberto Jardí y a sus hijos Julián Andrade Jardí y Ricardo Andrade Jardí), y para trasladarse hasta el Estado de Chihuahua ella tuvo que desarraigarse abandonando su residencia, su modo de vida y sus familiares en la Ciudad de México. El segundo hecho es que si Jorge Carpizo McGregor ya como Procurador General de la República tenía intenciones de ayudar a Teresa Jardí Alonso como muestra de amistad hacia ella dándole un buen puesto, el Doctor Carpizo no tenía ninguna necesidad de desarraigarla de la Capital de la República ya que fácilmente le podría haber dado un puesto importante en la misma Ciudad de México. Y de todos los Estados de la República a los que la pudo haber enviado, LA MANDO PRECISAMENTE AL ESTADO DE CHIHUAHUA. El tercer hecho es que estando tan cerca la sucesión presidencial (la cual tendría lugar en 1994), si bien Teresa Jardí recibió su puesto de Delegada de la PGR en Chihuahua en 1993 lo más probable es que ella se habría visto obligada a presentar en forma protocolaria su renuncia en 1994 (al año siguiente) tras la sucesión presidencial con la entrada de un nuevo gabinete presidencial y nuevos funcionarios. Es ilógico que Teresa Jardí lo hubiera abandonado todo en la Ciudad de México para ocupar un puesto que no le duraría ni tan siquiera dos años. A menos de que haya tenido una razón muy buena y muy importante para ello.

19) Las varias evidencias y elementos de investigación que se han recabado por separado y que se han mostrado en el documento OROPEZA.doc indican que hay razones fundamentadas para suponer que los tres jóvenes detenidos y señalados inicialmente como los presuntos autores materiales del asesinato (Samuel de la Rosa Reyes, Marco Arturo Salas Sánchez y Sergio Aguirre Torres) efectivamente SI tuvieron un papel primordial en el asesinato del Doctor Oropeza. Es importante recordar que los tres fueron liberados y exonerados de toda responsabilidad en el crimen a raíz de la lucha intensa llevada a cabo en defensa de ellos por los hermanos Oropeza Gutiérrez CON EL APOYO ABSOLUTO E INCONDICIONAL DE TERESA JARDI ALONSO. No debe causar asombro por lo tanto el que cuando un año después al Procurador de Justicia del Estado de Chihuahua Francisco Molina Ruiz se le salió decir en una conferencia de prensa dada el Viernes 7 de Mayo de 1993 que había razones para sospechar de los jóvenes que ya habían sido liberados y exonerados del asesinato a petición expresa de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (en estrecha alianza con los hermanos Oropeza Gutiérrez y Teresa Jardí Alonso), TERESA JARDI NO TARDO EN PROTESTAR, SIN HABER ESTADO INVOLUCRADA EN LO ABSOLUTO EN LAS NUEVAS INVESTIGACIONES Y SIN HABER VISTO SIQUIERA SI LOS INVESTIGADORES HABÍAN ENCONTRADO NUEVAS EVIDENCIAS EN CONTRA DE LOS ACUSADOS. Podemos leer una nota aparecida en la página 12A del periódico NORTE DE CIUDAD JUAREZ el Miércoles 19 de Mayo de 1993 que dice lo siguiente:

“Señaló (Teresa Jardí) que FUERON INFORTUNADAS LAS INTERVENCIONES DEL PROCURADOR DE JUSTICIA DE CHIHUAHUA SOBRE EL RESULTADO DE LAS INVESTIGACIONES PARA ESCLARECER EL CRIMEN. El procurador de Justicia del Estado en conferencia de prensa declaró que la investigación sobre el crimen del médico Oropeza había terminado en un mismo punto: la culpabilidad de Sergio Aguirre y Marco Arturo Salas.”

La nota dice algo aún más importante:

“ANUNCIAN QUE GRUPO DE LA PGR COLABORARA EN EL CASO OROPEZA.
Luego de rechazar las declaraciones del Procurador de Justicia en torno a las investigaciones sobre el caso Oropeza, la delegada de la Procuraduría General de Justicia, Teresa Jardí, en su visita a ésta ciudad dijo que ESTA POR LLEGAR UN GRUPO DE INVESTIGADORES DE LA PGR QUE PARTICIPARA EN COORDINACION DE LA PROCURADURIA DE JUSTICIA DEL ESTADO (EN) EL ASESINATO DEL DOCTOR VICTOR MANUEL OROPEZA.”

La nota aparece reproducida en el archivo fotográfico INTROMISION.jpg.

A casi dos años de haber sido cometido el asesinato, ACTUANDO FUERA DE SU JURISDICCION LEGAL, por segunda ocasión entró la PGR metiendo la mano en las nuevas investigaciones del caso Oropeza, pero ésta vez bajo el control férreo de la misma persona cuya intervención previa lo único que había logrado era que el caso permaneciera sin ser esclarecido pese a tantas evidencias prometedoras.
En torno al encubrimiento que se llevó a cabo en el estado de Chihuahua desde las esferas oficiales sobre el caso Oropeza, dada la extensión del encubrimiento y la importancia de varios de los personajes que se prestaron al encubrimiento, la hipótesis más factible de todas es que el congelamiento total del caso Oropeza -de lo cual fue testigo la Sociedad Interamericana de Prensa en su momento- fue una de las condiciones impuestas al panista Francisco Barrio Terrazas para permitirle ocupar la gubernatura de Chihuahua en 1992. Después de todo, seis años atrás en 1986 en lo que el sistema llamó “fraude patriótico” ya se le había impedido a Francisco Barrio poder convertirse en gobernador, cuando éste aún no se había corrompido.

Se ignora hasta la fecha si existe un documento OROPEZA.7. El equipo de investigadores ya no se volvió a comunicar a través de su intermediario con el hermano de la Viuda. Posiblemente llegaron a la conclusión de que aunque se le hicieran llegar a la Procuraduría de Chihuahua en la mayor confidencialidad un millón de evidencias nuevas, ello sería totalmente inútil si había un encubrimiento de alto nivel en marcha, encubrimiento de alto nivel que en su momento fue denunciado ante los medios por la misma Viuda del Doctor Oropeza. También se ignora si existe un documento IPCRESS.2. Tal vez exista, pero hasta la fecha no se ha dado a conocer a nadie.

Pudiera suponerse ingenuamente que con un presidente de México surgido como candidato independiente, desligado de cualquier nexo partidista, el día de hoy pudiera tratar de abrirse una Comisión de la Verdad sobre el caso Oropeza empezando por citar a comparecencia a uno de los personajes principales en las acciones de encubrimiento, el Doctor Jorge Carpizo McGregor. Sin embargo aquí hay un problema. Al igual que José Manuel Oropeza Navarro, el sobrino del Doctor Oropeza que pudo haber actuado como caballo de Troya encargándose personalmente de la contratación de los jóvenes de aspecto cholo que fueron usados como sicarios para el asesinato del Doctor Oropeza, el Doctor Jorge Carpizo McGregor también está muerto. Y murió bajo circunstancias en las que hay sospechas y dudas. Él ciertamente ya no hablará ni tendrá que revelar absolutamente nada. Se llevó sus secretos a la tumba, junto con su conciencia y todo lo demás.

Si bien el asesinato del Doctor Víctor Manuel Oropeza quedó para siempre en la más absoluta impunidad dada la enorme magnitud de un vasto encubrimiento de carácter oficial en el que participaron y metieron sus manos hasta el fondo personajes de primera línea, la causa por la que luchó el Doctor Oropeza no fue en vano y su ejemplo para las generaciones futuras tampoco fue en vano. El sistema de partido único ya no existe, y la alternancia es factible y ya se está dando. Ya no es posible afianzar el poder mediante las viejas marrullerías del fraude electoral y unas elecciones controladas por el Estado. A esto se le suma el triunfo sorprendente de “El Bronco” en Nuevo León quien como candidato independiente y sin el respaldo de ningún partido político para su triunfo espectacular será el próximo gobernador de dicho estado, con lo cual la partidocracia empieza a temblar y tambalearse. No se desea desde luego la desaparición del sistema de partidos, pero la posibilidad de que puedan competir y triunfar candidatos independientes obligará a los partidos políticos a tratar de postular a los mejores hombres que pueda encontrar y a presentar las mejores propuestas que pueda presentar, eliminándose de tajo y para siempre la práctica de la selección de candidatos por dedazo que se prestó a muchas corruptelas y favoritismos entre compadres, se trata de llevar a cabo una evolución o enfrentar el riesgo de una pérdida de simpatizantes y la posible desaparición en el futuro reminiscente de la extinción de los dinosaurios. Si el Doctor Oropeza desde dondequiera que se encuentre se está percatando de los avances democráticos que ha logrado México, avances que difícilmente se podrían haber logrado sin hombres valerosos como él, seguramente esbozará una sonrisa de satisfacción al ver que su lucha no fue en vano. Y es así como merece ser recordado.



Doctor Víctor Manuel Oropeza Contreras, 1931 - 1991

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